G. PICÓ/P. CANDIA
El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha desestimado el
recurso contencioso administrativo interpuesto por un club de tenis
de s'Arenal de Llucmajor contra el Ajuntament de Llucmajor, en el
que pedía una indemnización millonaria por demoler una piscina que
había sido construida en medio de un torrente. Los hechos se
remontan al año 1987. El complejo deportivo, que luego fue
absorbido por la entidad Hotel San Diego SA, obtuvo licencia para
construir una piscina y un gimnasio. Un grupo de vecinos presentó
un recurso contra la concesión de estas licencias.
En febrero de 1993, el TSJB anuló las licencias concedidas por el Ajuntament de Llucmajor y ordenó la «demolición de las obras efectuadas». En dicha sentencia, se señalaba que no cabía recurso ordinario . El Ajuntament de Llucmajor y la entidad mercantil propietaria del club de tenis interpusieron un recurso de casación ante el Tribunal Supremo «para la unificación de la doctrina».
El 18 de junio de 1996, el Supremo desestimó el recurso alegando que «el recurrente, a pesar de la indicación recogida en la sentencia, ha interpuesto recurso de casación para la unificación de doctrina, y a su decisión ha de estarse pues sobre él pesa la carga de interponer el recurso procedente». De este modo, ratificaba la sentencia del TSJB de 1993 que ordenaba demoler la piscina, porque parte de las obras se habían realizado en el cauce del torrente de Son Verí, en zona de dominio público. La entidad Hotel San Diego interpuso poco después un recurso de casación ante el Tribunal Constitucional que también fue inadmitido a trámite.
En junio de 1997, la entidad Hotel San Diego solicitó ante el TSJB una indemnización por daños y perjuicios. Exigía que se condenase al Ajuntament de Llucmajor a pagarle la suma de 649.242.429 pesetas en concepto de lesión sufrida como consecuencia directa e inmediata de la anulación de las licencias, más los intereses derivados de la mencionada cantidad. La entidad mercantil argumentaba que cuando construyó la piscina y el gimnasio tenía la preceptiva licencia municipal, que luego fue anulada.