SANCIONES

Estas son las multas a las que te enfrentas con la nueva ordenanza de Palma

Las nuevas medidas han sido aprobadas este jueves en el pleno de Cort

Estas son las multas a las que te enfrentas con la nueva ordenanza pública de Palma

Imagen de archivo de un patinete circulando por una acera de Palma. | J. Morey

| | Palma |

La nueva ordenanza cívica de Palma ha quedado aprobada este jueves durante el pleno de Cort y entrará en vigor previsiblemente en mayo, una vez que el texto se publique en el Boletín Oficial (BOIB). La votación se ha desarrollado sin sorpresas y la normativa ha salido adelante con los votos de PP y Vox y la oposición de PSIB, Més y Podem.

La normativa que rige el comportamiento en los espacios públicos de la capital balear presenta algunas novedades destacadas que afectan tanto a la movilidad como a la convivencia y supone para el regidor de Seguridad Ciudadana, Miquel Busquets, «una apuesta por una ciudad más ordenada y más limpia, donde la libertad individual se ejerza en armonía con los derechos colectivos y el civismo no sea una excepción, sino una práctica cotidiana».

Patinetes, VPM y ciclos de más de dos ruedas

En cuanto al uso de patinetes, patines, VMP's y ciclos de más de dos ruedas, la ordenanza contempla diferentes normas, entre las que destaca la prohibición de circular por aceras, plazas, parques, jardines y zonas para peatones. Será obligatorio que los conductores de estos vehículos dispongan de un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 120.000 euros. En caso de no tener el seguro, la sanción será de 600 euros. La normativa ahora especifica que el casco obligatorio debe ser homologado y que el chaleco reflectante debe estar visible «sin ningún obstáculo que dificulte su visión, tipo mochila o similar». Las sanciones serán de 90 euros para quienes incumplan esta norma. Los VMP podrán superar circular en calzadas de hasta 40 km/h, sin superar los 25 kilómetros por hora, y deberán llevar chaleco reflectante homologado. Además, La versión anterior ya permitía a la Policía Local inmovilizar estos vehículos si carecen de seguro. Ahora especifica que podrán hacerlo también si el conductor, en el momento de la intervención, aun teniendo póliza no pueda acreditarlo. Es decir: los conductores de patinetes tendrán que llevar consigo los papeles del seguro. Asimismo, los patinetes podrán transportar objetos siempre que no dificulten la conducción.

Caravanas

Sobre uno de los aspectos más debatidos a lo largo de las últimas semanas el texto definitivo se ciñe a lo que ya estipula la normativa de circulación, de modo que será sancionable la acampada en zonas no autorizadas (y Palma no tiene ninguna zona autorizada, ni la va a tener próximamente), pero el hecho de residir en uno de estos vehículos no será sancionable per se, mientras la actividad no trascienda al exterior ni genere molestias. En concreto, el estacionamiento de autocaravanas estará prohibido si el vehículo despliega cualquier elemento que sobrepase su perímetro (como toldos, mesas o sillas) o las patas de apoyo y si genera ruidos u olores. Es decir, la ordenanza ya no se fija en lo que se haga dentro del vehículo. Como cualquier otro coche, no podrá permanecer más de diez días en la misma ubicación. También se prohíbe el estacionamiento de remolques sin su vehículo tractor. En cualquier caso, no habrá sanciones económicas en casos de personas en situación de exclusión social.

Pintadas vandálicas

Las degradaciones graves en cualquier bien público, mobiliario urbano o infraestructuras del servicio público, incluidas las pintadas vandálicas, serán consideradas infracciones muy graves, con sanciones de hasta 3.000 euros. Los menores que cometan esta infracción tendrán a sus padres o tutores como responsables civiles. Por su parte, el ayuntamiento podrá proceder con la limpieza o reparación de los daños con cargo al infractor.

Carteles, vallas y pancartas

Se prohíbe la colocación de carteles, pancartas, vallas o cualquier tipo de publicidad no autorizada en el espacio público, con sanciones que oscilan entre los 150 y los 6.010 euros dependiendo de la gravedad de la infracción, según establece la ordenanza de publicidad dinámica. Además, se prohíben los carteles luminosos que puedan causar molestias, con sanciones de hasta 750 euros. En caso de incluir elementos con flash, se considera una infracción grave según la Ley Orgánica de Protección de Seguridad Ciudadana.

Juegos y apuestas

En cuanto a la realización y ofrecimiento de juegos de azar que impliquen apuestas con dinero o bienes, tales como el trile, se prohíben en cualquier espacio público. Las infracciones en esta materia se consideran muy graves y las sanciones pueden oscilar entre 31.000 y 450.000 euros, conforme a la ley autonómica del Juego y las Apuestas de Baleares. Los agentes de la Policía Local tienen la obligación de levantar un acta y remitirla a la autoridad competente.

Suciedad en espacios públicos

Por otro lado, se sancionará con hasta 750 euros a quienes defequen, orinen o escupan en espacios públicos. En caso de defecaciones en lugares de gran afluencia de personas, niños, o en monumentos y edificios protegidos, se considerarán infracciones graves, con sanciones de entre 750 y 1.500 euros.

Visitas turísticas guiadas

La ordenanza también regula las visitas turísticas guiadas, que estarán limitadas a un máximo de 35 personas y con una moratoria hasta 2026. El carnet ya no tiene que estar visible pero sí que lo tendrán q enseñar si es requerido por las fuerzas de seguridad. Se prohíbe el uso de altavoces o megáfonos en el espacio público. Las infracciones serán sancionadas con hasta 750 euros. En caso de no disponer carné oficial, se remitirá a la Conselleria de Turisme.

Consumo de bebidas alcohólicas

El consumo de alcohol en espacios públicos quedará prohibido para menores de edad en la vía pública, con sanciones graves que pueden alcanzar hasta los 1.500 euros. Estas multas por botellón se podrán sustituir por acciones formativas en el caso de los menores de edad. También se prohíbe el consumo masivo de alcohol en lugares con alta afluencia de personas, especialmente cerca de zonas frecuentadas por menores.

Dormir en la calle

El Ajuntament de Palma ha retirado de la ordenanza cívica la prohibición de dormir en la calle, un comportamiento que en la versión anterior se podía considerar una infracción de leve a grave. Es decir, que podía conllevar multas de 100 a 1.500 euros (aunque en el caso de personas vulnerables no se aplicaban sanciones económicas). Seguirá siendo sancionable, no obstante, acampar en estos espacios. Y se entiende que constituye acampada «la instalación estable de elementos, mobiliario, tiendas de campaña o similares», salvo autorización expresa.

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