Parece claro que la noche está hecha para descansar, y no para que los electrodomésticos desarrollen sus funciones en esa parte del día. El nuevo formato de la factura de la luz, que impone la franja más económica entre la medianoche y las ocho de la mañana -la conocida como hora valle-, puede comportar problemas de seguridad, pero también de convivencia. Y es que, ¿qué sucedería si su vecino de arriba se acostumbra a programar la lavadora a las 4 de la mañana?
Seguramente todo dependa del tipo de lavadora que utilice. Y es que el problema potencial radica en el ruido y la vibración del electrodoméstico, y en la medida en que estos se interponen en el correcto descanso del vecindario. Ya se sabe que un electrodoméstico, cuanto más moderno -y a veces más caro- es menos energía consume y posiblemente menos molestias genere. En todo caso debemos atender a lo dispuesto en las ordenanzas que cada municipio ha aprobado para regular la cuestión del ruido.
En el caso de Palma, la norma vigente recoge que «en el interior de las viviendas o locales particulares los ciudadanos tienen que respetar los límites tolerables de la buena convivencia vecinal, de forma que los ruidos que produzcan no superen los valores límites de inmisión» establecidos en el mismo texto, «con objeto de no perturbar el descanso y la tranquilidad de los vecinos ni impedir el funcionamiento normal de las actividades propias de los locales receptores». Utilizamos la norma de la capital balear, aunque la mayoría de consistorios han aprobado leyes análogas.
Esto se refiere a los ruidos producidos en los domicilios a cualquier hora, abarcando estos el tono excesivamente alto de la voz o actividades de las personas, uso de aparatos o instrumentos musicales, y las actividades domésticas incluyendo traslado de mobiliario, bricolaje y pequeñas reparaciones. Si un ciudadano denuncia un exceso de ruido la ordenanza municipal prescribe que debe realizarse una medición, y que «cuando no sea posible con sonómetro el personal inspector municipal o de la Policía Local lo debe evaluar con criterios de proporcionalidad para constatar las molestias a vecinos y adoptar las medidas oportunas».
Otro artículo de la ordenanza, referente a instalaciones y aparatos domésticos, incluye que «los propietarios o usuarios de receptores de radio, televisión, equipos de música, electrodomésticos, aparatos de aire acondicionado, instrumentos musicales y, en general, cualquier fuente sonora doméstica, tienen que instalarlos y ajustar su uso de forma que durante el funcionamiento cumplan los valores límite de inmisión que establece la Ordenanza», y que de por sí son más bajos por la noche, precisamente cuando rige la llamada hora valle en la factura eléctrica.
En este caso el ruido propagado en el espacio interior de las estancias de las casas de Palma en general no debe exceder los 40 decibelios durante el día y la tarde, y los 30 decibelios por la noche. En el caso del dormitorio el límite se reduce en cinco decibelios más para los tres supuestos. Si hablamos del ruido que sale del domicilio y pasa al medio ambiente exterior la limitación se establece en 55 decibelios por el día y la tarde, y 45 por la noche.
Finalmente, para saber si este volumen es bajo o alto, solo una comparación. Cincuenta decibelios equivalen aproximadamente al ruido que genera una conversación normal o el tráfico ligero, con lo que con seguridad un buen número de las lavadoras del mercado pueden incumplir la ordenanza municipal de ruido.