La decisión judicial definitiva sobre el derribo de sa Feixina se aleja un poco más. La Sala de lo Contencioso del TSJB ordena que se tramite el recurso que interpuso la Asociació de Veïns i Amics de Santa Catalina contra el acuerdo de la Junta de Gobierno de Cort para encargar las obras de demolición del monolito. Así, un juez tendrá que resolver este contencioso en paralelo al que también mantiene Arca por esa decisión y al que ambas asociaciones tienen interpuesto contra la decisión del Consell de retirar la protección al monumento.
La Junta de Gobierno desestimó en julio de 2017 las alegaciones vecinales contra el acuerdo en el que se aprobaba el proyecto de demolición y el pliego de cláusulas administrativas para su ejecución. El juzgado de lo Contencioso inadmitió el recurso de la asociación porque entendía que no tenían nada que alegar porque ese acto administrativo no les afectaba y, en segundo lugar, porque entendía que se trataba de una decisión de mero trámite. Ambas valoraciones son anuladas por el TSJB.
La Sala de lo Contencioso señala que los vecinos sí tienen un interés legítimo en «poder defender su oposición a la demolición de aquel monumento antes de que el derribo suceda» y añade que no es «admisible expulsarla de ese debate». Hace unos meses ocurrió algo similar con Arca a la que un juzgado de lo Contencioso también negó legitimación para combatir esa decisión de Cort.
En segundo lugar, los magistrados consideran que la decisión recurrida es en la que Cort acuerda la decisión de derribo del monolito, por lo tanto, rechaza que sea un trámite: «La parte tiene derecho a discutir si procede o no que el Ajuntament acuerde esa reordenación del espacio con la consiguiente demolición del monolito».
El derribo de sa Feixina está ahora mismo paralizado de forma catuelar por los juzgados de lo Contencioso. Para desbloquear la situación son ahora necesarias dos decisiones favorables a la administración: por un lado que se dé por buena la descatalogación del monumento que acordó el Consell para que ya no esté protegido y, en un segundo momento, que se valide el proyecto que aprobó Cort para acometer el derribo. Estas decisiones corresponden a juzgados de lo Contencioso, pero luego pueden ser recurridas ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears y más tarde ante el Tribunal Supremo, lo que supone varios años de espera hasta que haya una decisión definitiva. Es casi imposible que se produzca este mandato.