Un ciudadano llevará a los tribunales las oposiciones convocadas por Emaya para cubrir cinco plazas de auxiliar administrativo, el pasado 18 de mayo, ya que la empresa municipal se niega a anular el proceso de selección del que denuncia irregularidades.
Por una parte, J. M. García asegura que la secretaria suplente de las oposiciones, Aurora Clemente, también optaba a una de las plazas. Recuerda que el presidente y el secretario suplentes son designados directamente por la empresa municipal y destaca que «los miembros del tribunal no pueden intervenir cuando concurra interés personal o tenga amistad íntima con algún aspirante».
Por otra parte, García denuncia que «con posterioridad a la celebración de las pruebas, el tribunal calificador ha modificado sus criterios de corrección de ciertas preguntas, alterando así el proceso establecido en las bases». En este punto, señala que «las bases generales establecen que la calificación de los ejercicios se hará de acuerdo con los criterios que se determinen en cada una de las convocatorias específicas. Los tribunales acordarán los criterios específicos de corrección de cada ejercicio, en función de la especificidad de su contenido, con carácter previo a su realización». El ciudadano reitera que, «en contra de tan clara norma, el tribunal decide en el mes de julio anular la pregunta 37». En su opinión, estas irregularidades son «causa de anulación del proceso».
Emaya respondió al recurso presentado por este ciudadano que «el proceso de concurso oposición se ha realizado de conformidad a lo establecido en las bases generales de los procesos de concurso oposición de Emaya Aguas y conforme a las bases específicas de la convocatoria». La empresa municipal asegura que «en el momento de publicarse el listado provisional de admitidos y excluidos dos miembros del tribunal y la secretaria suplente presentaron ante el presidente del tribunal la obligada abstención al proceso». Sin embargo, el denunciante niega que sea cierto.
Emaya también sostiene que el tribunal puede «anular alguna pregunta cuando esta pueda ser incorrecta, ambigua o no pertenezca al temario»; añade que las bases obligan a que haya preguntas de reserva para dar respuesta a estas situaciones.