El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha dado tres horas a las operadores de telecomunicaciones para bloquear en España la aplicación de mensajería instantánea Telegram, que contarían desde la recepción de la comunicación judicial, según figura en el auto del magistrado.
La orden del juez deriva de una denuncia presentada por Mediaset, Antena 3 y Movistar Plus+ en la que acusaban a la aplicación de alojar sin permiso contenido protegido por derechos de autor. Pedraz, titular de Juzgado Central número 5 de la Audiencia Nacional, considera la medida «necesaria, idónea y proporcional» porque no hay alternativa para frenar la difusión de esos contenidos, mientras que la organización de consumidores Facua y el Consejo de Ingenieros Informáticos entienden que es desproporcionada.
Falta de colaboración por parte de las Islas Vírgenes
En el auto Pedraz ordena a las operadoras de telecomunicaciones y de acceso a internet con autorización para operar en España que suspendan los recursos asociados a Telegram. Es una medida cautelar en el marco de un procedimiento por un delito de vulneración continuada de derechos de propiedad intelectual contra los titulares de diversos canales creados en esa red social.
El auto recuerda que las autoridades de las Islas Vírgenes británicas (donde está la sede social de la empresa de mensajería) no han colaborado con la comisión rogatoria enviada a Telegram para que informase de determinados datos e identificar a los titulares de las cuentas utilizadas para la infracción. Insiste en que el incumplimiento reiterado de la petición dirigida a Islas Vírgenes, el 28 el julio de 2023, impide la continuación de la instrucción de la causa, lo que le ha llevado a adoptar la decisión de bloquear porque «no existe otro tipo de medida que pueda detener la reiteración de los hechos denunciados».
La medida acordada es idónea porque su ejecución pondría fin al acceso a través de Telegram a los contenidos de los derechos de propiedad intelectual de los denunciantes, añade. También es necesaria y proporcional ante la gravedad de la conducta denunciada, y tiene apoyo legal. De hecho, Pedraz reproduce el artículo 13.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que ampara el bloqueo provisional. En su auto, el magistrado acuerda también la prórroga de la investigación por seis meses, hasta el 29 de septiembre.