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El Gobierno aprueba tres nuevos permisos: ocho semanas para cuidar a los hijos y cinco días por «fuerza mayor»

Los padres y madres podrán disponer de cinco días al año para el cuidado de familiares, la empresa no podrá recortar el salario

La ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra, en rueda de prensa tras el Consjeo de Ministros. | Eduardo Parra / Europa Press

| Palma |

El Gobierno de Pedro Sánchez ha aprobado por decreto este martes tres nuevos permisos de la ley de familias. En concreto, se trata del permiso de ocho semanas para el cuidado de los hijos, el de cuatro días al año por cuidado de familiar y el de cinco días por causas de «fuerza mayor».

Las medidas se han aprobado en un apartado añadido a la prórroga de las ayudas por la inflación causada por la guerra en Ucrania. Aunque los permisos ya fueron aprobados hace unos meses en Consejo de Ministros, no habían acabado su tramitación en el Congreso de los Diputados, debido a la convocatoria inesperada de las elecciones generales del 23 de julio. Así, se ha optado por tramitarlas en forma de decreto, por lo que entrarán en vigor este mismo miércoles, 28 de junio, una vez salgan publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE). A partir de entonces, los ciudadanos podrán acogerse a los nuevos permisos.

En concreto, esto es lo que se contempla de cada uno de los permisos aprobados este martes:

  • Permiso de ocho semanas para el cuidado de los hijos: se trata de ocho semanas para los padres o madres con hijos menores de ocho años. Unidas Podemos luchó para que al menos los progenitores pudiesen cobrar una parte del sueldo durante las ocho semanas, pero finalmente se ha aprobado sin retribución económica. Es decir, se pueden pedir ocho semanas para cuidar a los hijos, pero el trabajador dejará de percibir el sueldo correspondiente a los días de permiso.
  • Permiso de cinco días al año para cuidado de familiares: los trabajadores podrán pedir hasta cinco días al año si han de cuidar de algún familiar, en caso de accidente, enfermedad, hospitalización u operación. Los familiares pueden ser de primer o segundo grado (tíos, abuelos, nietos o sobrinos) o convivientes. Los trabajadores que se acojan a este permiso sí podrán seguir percibiendo su salario.
  • Permiso de cuatro días al año por «fuerza mayor»: pueden acogerse al permiso padres y madres cuando un hijo menor lo exija por enfermedad o causas urgentes. Se podrá coger incluso por horas y la empresa estará obligada a retribuir con el salario normal el tiempo en el que el trabajador se ausente.

Cabe destacar que estos tres permisos eran la baza fuerte de la ley de familias, que preparó el Ministerio de Derechos Sociales, liderado por la ministra Ione Belarra (Unidas Podemos). La Unión Europa exigía que España los adoptase para estar en la misma línea que la directiva europea sobre conciliación laboral.

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