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Entra en vigor la reforma del 'sólo sí es sí' que vuelve a ponderar las penas en función de si hubo violencia

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La proposición de ley del PSOE que reformó el apartado penal de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como ley 'del sólo sí es sí', para volver a ponderar las penas en función de si medió o no violencia en la agresión sexual, entró en vigor este sábado.

Lo hace tres días después de que el Senado la aprobara definitivamente con 231 votos a favor, incluidos los del PP, 19 en contra y cuatro abstenciones, y uno después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La proposición socialista inició su trámite parlamentario después de ser tomada en consideración por el Congreso de los Diputados el 7 de marzo.

El PSOE anunció formalmente el 30 de enero que presentaría esta iniciativa para evitar, a futuro, que agresores sexuales fueran condenados con penas menores a las anteriores como resultado de la fusión de los delitos de abuso y agresión sexual en uno solo que no ponderaba las condenas en función de la existencia o no de violencia, sino sólo por el hecho de que no hubiera habido consentimiento de la víctima.

Unidas Podemos, ERC y EH Bildu se opusieron al cambio por entender que la propuesta del PSOE volvía al Código Penal anterior y dejaba de poner el consentimiento en el centro. Por eso, pese a las negociaciones entre los dos partidos del Gobierno para tratar de hacer frente a la alarma social suscitada por las rebajas de penas a convictos, ninguno de los dos movió un ápice sus posiciones.

El PSOE, que consideraba que había que anclar la ponderación de penas a un hecho objetivable como la violencia, terminó sirviéndose de los votos del PP pese a haber proclamado que en ningún caso había negociado más que enmiendas técnicas con los populares.

De esta manera, la reforma aprobada supone que, en las agresiones sexuales, se aumentarán las penas mínimas y algunas máximas de la norma original para los casos en que existe violencia e intimidación. Se busca así que los acusados no obtengan una condena inferior a la que obtendrían con la normativa anterior, aunque los presos que ya están en la cárcel por estos delitos podrán seguir beneficiándose de la revisión de sus sentencias.

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