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El Gobierno aprueba la declaración de zona catastrófica por incendios en 15 comunidades autónomas

Incluye Capdepera por el fuego sufrido el 9 de julio

Vegetación y cartel de Bejís calcinados en Bejís, Castellón | Jorge Gil-Europa Press

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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la declaración de zona gravemente afectada por una emergencia de protección civil, conocida como zona catastrófica, a los territorios afectados por grandes incendios en 15 comunidades autónomas, todas excepto Cantabria y Asturias. En el caso de Baleares, se ha incluido la zona de Capdepera (Mallorca) afectada por un incendio el pasado 9 de julio. Así lo ha anunciado la portavoz del Gobierno y ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que ha lamentado los incendios forestales producidos en estas comunidades, unos 120, que han provocado la muerte de hasta tres personas y la evacuación de 27.500 personas de sus hogares.

En todos los casos, estos incendios alcanzaron tal gravedad que las comunidades autónomas afectadas se vieron obligadas a activar sus respectivos planes de protección en una situación operativa de niveles 1 o 2, tal y como establece el Plan Estatal General de Emergencias (PLEGEM). "Son incendios con características diferentes a las conocidas hasta ahora, debido al cambio climático, como las altas temperaturas que estamos viviendo", ha señalado al respecto Rodríguez, quien ha advertido de que en lo que va de año se han visto afectadas más de 200.000 hectáreas frente a las 50.000 del año pasado. De este modo, ha instado a «poner todos los mecanismos para trabajar en la prevención y extinción de incendios».

«Es momento de echar una mano a las CCAA, colaborar en esa que es su competencia y complementar esas ayudas para que los afectados puedan superar estos momentos», ha añadido. En este sentido, ha destacado que el acuerdo sirve para agilizar la concesión de las ayudas, pues con la declaración de zona catastrófica estas se pueden empezar a tramitar incluso antes de hacer la valoración de daños. Asimismo, Rodríguez ha recordado que los afectados "tienen otros mecanismos de los que ya van a poder recibir ayuda sin acogerse a este decreto, como pueden ser la gestión de los seguros agrarios".

En concreto, las medidas de recuperación previstas en el acuerdo aprobado este martes, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente, por valor de 18.000 euros; por destrucción total de la vivienda habitual hasta una cuantía máxima de 15.120 euros, por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50 por ciento de su valoración técnica y con un límite de 10.320 euros, o por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50 por ciento de su valoración técnica y con un límite de 5.160 euros.

También se incluyen entre estas las ayudas por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual, para su reposición o reparación, con un límite de 2.580 euros, así como por daños en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, hasta el 50 por ciento de la valoración técnica efectuada por el Consorcio de Compensación de Seguros y con un límite de 9.224 euros. También, las ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes, y a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, hasta 9.224 euros.

El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados. Además, el acuerdo prevé la adopción de otras medidas de ayuda, condicionadas a lo que establezcan las órdenes ministeriales dictadas por cada uno de los diferentes departamentos competentes para desarrollarlas. Así, los distintos ministerios podrán declarar determinadas zonas de actuación especial, así como la emergencia de las obras necesarias para reparar los daños causados por cualquiera de estos siniestros en infraestructuras de titularidad estatal comprendidas en su ámbito de competencias. Se prevé también la concesión de ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina. En cuanto a beneficios fiscales, el Ministerio de Hacienda y Función Pública concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.

Asimismo, los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social. Además, las entidades locales recibirán ayudas, por un importe de hasta el 50 por ciento, a los proyectos que ejecuten para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales, según ha detallado el Ministerio del Interior en un comunicado. También, ha precisado que una vez que se elabore un informe detallado sobre los daños causados por estos incendios forestales y se disponga de una valoración técnica de su cuantía, el Gobierno, en colaboración con las administraciones autonómicas y locales, podrá completar este real decreto con la adopción de otras medidas complementarias a las adoptadas por las administraciones territoriales a las que corresponde la competencia en materia de protección civil.

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