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Condenan a Interior a restituir al coronel Pérez de los Cobos en su puesto

Imagen de archivo de Diego Pérez de los Cobos. | Efe

| Madrid |

El Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo número 8 de la Audiencia Nacional ha anulado el cese del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil en Madrid (Tres Cantos-Madrid) por no informar sobre la causa del 8M y ha condenado a Interior a su reingreso en el puesto.

«Desde el respeto a las decisiones judiciales, al discrepar con la resolución del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 8, se interpondrá recurso contra la misma a través de la Abogacía del Estado», han anunciado a Efe fuentes de Interior.

Por su parte, el Gobierno ha anunciado que recurrirá la sentencia. «Desde el respeto a las decisiones judiciales, al discrepar con la resolución del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 8, se interpondrá recurso contra la misma a través de la Abogacía del Estado», ha informado el Ministerio del Interior tras conocer la sentencia que afirma que el cese «era ilegal».

En la sentencia, el magistrado Celestino Salgado estima el recurso presentado por Pérez de los Cobos contra la Resolución del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, de 28 de julio de 2020, por la que se rechazaba el recurso de alzada contra la Resolución del Secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, de 24 de mayo que dispuso el cese.

Tras analizar los hechos y las resoluciones adoptadas en el cese, el magistrado explica que se motivó por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil en el marco operativo y de Policía Judicial, con fines de conocimiento, en la investigación judicial por el 8 M abierta en el juzgado 51 de Madrid, que había impuesto a Pérez de los Cobos el deber de reserva.

«Lo que es indiscutible es que a pesar del deber legal de reserva y de la orden expresa de la Magistrada a la UOPJ (Unidad Orgánica de la Policía Judicial), se cesó al recurrente por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil, en el marco operativo y de Policía Judicial, con fines de conocimiento», indica el magistrado.

Señala además que no consta qué información se consideraba que Pérez de los Cobos debía haber comunicado en su condición de jefe de la Comandancia de Madrid.

De esta forma concluye que «el motivo de la decisión discrecional de cese era ilegal» al estar «motivado por cumplir con lo que la ley y el expreso mandato judicial ordenaban» tanto a la Unidad como a sus superiores, es decir: «no informar del desarrollo de las investigaciones y actuaciones en curso; lo que, entre otras cosas, podría haber sido constitutivo de un ilícito penal».

Considera además que se ha producido un «claro ejercicio desviado de la potestad discrecional que aparece expresamente recogido en el propio expediente administrativo -propuesta de cese y resolución del recurso de alzada-, contra lo que es habitual y que ha motivado que difícilmente sea apreciada la desviación de poder por los tribunales».

La sentencia explica que la decisión de cesar al coronel «queda desvelada» en la propuesta de la directora general de la Guardia Civil, María Gámez, al secretario de Estado de seguridad, Rafael Pérez, por no informar del desarrollo de la investigación relativa al pasado 8 de marzo.

Una investigación que, insiste la sentencia, «por la legislación aplicable y por las expresas órdenes impartidas» por la magistrada que la dirigía, la titular del Juzgado de Instrucción nº 51 de Madrid, «estaban sujetos al deber de reserva tanto la UOPJ como sus superiores, en este caso el Sr. Pérez de los Cobos». Es por ello, subraya, «que hemos concluido que aquella motivación es ilegal».

Para el magistrado, la legalidad no puede ser arrinconada por la discrecionalidad, sino que, por el contrario, las potestades discrecionales deben ejercitarse dentro de la legalidad.
«El actuar discrecional no puede ser un medio para atentar contra la legalidad o menoscabar la legalidad a la que todos, en definitiva, estamos sujetos. Es por ello que el ejercicio de las potestades discrecionales está sujeto al control jurisdiccional en los términos expuestos», concluye.

De los Cobos fue cesado después de que miembros de la policía judicial de la Comandancia de Madrid entregaran un informe a la jueza que llevaba el caso de la manifestación del 8-M y su posible influencia en la expansión del coronavirus.

En un primer momento, Grande-Marlaska atribuyó el cese a razones de organización internas y lo desvinculó de ese informe, si bien posteriormente matizó que respondía a la filtración del mismo a los medios y argumentó que no daba más detalles por respeto a la carrera profesional De los Cobos.

El cese motivó la dimisión del máximo mando operativo de la Guardia Civil, Laurentino Ceña, mientras que Pérez de los Cobos fue destinado a petición propia en comisión de servicios en la Intervención Central de Armas y Explosivos en Madrid, dependiente del general de la Jefatura de Armas, Explosivos y Seguridad.

El teniente coronel David Blanes González sustituyó a Pérez de los Cobos al frente de la Comandancia de Madrid.

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