El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid ha desestimado la demanda que Abogados Cristianos interpuso contra Willy Toledo y al que reclamaba una indemnización de 6.000 euros por las expresiones y campaña vertidas contra el colectivo y su presidenta que éstos entienden que vulnera su derecho al honor.
En su sentencia, el titular del citado juzgado ha fallado en consonancia con lo que habían solicitado tanto la fiscal del caso como el letrado Endika Zulueta, defensor del actor, quien había apelado al derecho a la libertad de expresión, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.
El magistrado absuelve a Toledo porque mantiene que las manifestaciones críticas del actor están amparadas por el derecho a la libertad de expresión, que, en este caso, prevalece sobre el derecho al honor de la entidad demandante.
En la sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial, el juez subraya que «las manifestaciones ya referidas deben incardinarse en un derecho a la crítica respecto la posición ideológica que la Asociación mantiene con la conducta del Sr. T. en diferentes declaraciones sobre los sentimientos o ideas religiosas, sin que, al igual que ha considerado el Mº Fiscal, pueda estimarse que son una invitación a una acción violenta o incitación al odio, y de hecho, el propio autor se refiere a las mismas como » chorradas gigantescas», sin que pretendiera decir que la asociación demandante le quería fusilar, debiendo valorarse, como se ha dicho, la entrevista en todo su conjunto o globalidad, de ahí que las frases dirigidas frente a la asociación actora, entidad jurídica privada, pese a tener un derecho de protección de su honor, no puedan calificarse de desproporcionadas en el contexto en que fueron efectuadas, siempre dentro de esa ponderación de la menor intensidad que merece su protección del honor». El juez añade que «las expresiones destacadas por la entidad actora en las entrevistas no tienen entidad suficiente para provocar su descrédito o desprestigio profesional de la asociación, tomando en consideración ese aspecto externo relativo a la reputación de la misma o la consideración de los demás, y de hecho, no existe prueba alguna en tal sentido (...)».
Las palabras del Willy Toledo, según recoge la sentencia, están pronunciadas «en un claro contexto de debate ideológico de expresión de ideas y opiniones absolutamente contrapuestas de las defendidas públicamente por integrantes de la asociación demandante».
«EXPRESIONES AGRIAS O DESABRIDAS»
En este sentido el juez considera que «todas ellas están admitidas dentro de nuestro marco constitucional siempre que se respeten los límites jurisprudenciales ya expuestos, estimando las mismas como una manifestación del derecho a la libertad de expresión del demandado incluso aunque se utilicen expresiones agrias o desabridas fruto de esa confrontación ideológica y de la defensa de sus ideas por parte del Sr. T. quien se califica con un perfil ideológico de extrema izquierda».
Ya el día del juicio, a las puertas de la sede judicial, el abogado del demandado acusó a la entidad demandante de realizar una campaña de persecución constante contra su patrocinado y de buscar sus minutos de gloria a costa de la imagen pública del demandado.
«Estamos ante un nuevo juicio para dilucidar el concepto de libertad de expresión que se maneja en este país», explicó Zulueta, quien añadió que en ese contexto aparece una asociación que «tiene un concepto del catolicismo de la Edad Media o de hace más de 40 años, cuando aquí había un caudillo por la gracia de Dios, y que se siente ofendida porque el señor Toledo la ha calificado de ultraderechista y troglodita».
Por ello, el defensor, ante este ya tercer juicio, fruto de la «obsesión» de Abogados Cristianos contra su cliente, se mostró convencido de que el juzgado, como así ha ocurrido finalmente, va a defender el derecho a la libertad de expresión que tienen todos los ciudadanos a la hora de calificar a personas y colectivos por sus actos, «y por tal motivo no puede concluir en sentencia condenatoria calificar a una asociación de ultraderechista y troglodita».
En su justificación de que la demanda instada por Abogados Cristianos se enmarca en una campaña de «persecución personal» constante en busca de notoriedad, el defensor recordó que si bien Willy Toledo ha proferido expresiones «mal sonantes» tales como «me cago en la Virgen del Pilar o me cago en Dios», las mismas son habituales por parte de miles de personas en twitter y facebook y, en cambio, el único denunciado es su defendido.
En el bando contrario, la presidenta del colectivo, Polonia Castellanos, justificó la demanda al entender que las expresiones del actor atentan contra el derecho al honor de Abogados Cristianos, entre ellas la acusación al colectivo de tener ganas de fusilarle ante la tapia de un cementerio o la cobertura que da a los pederastas.
«Ha tenido mi foto en su perfiel de facebook durante cuatro meses junto con fotos de pederastia», censuró Castellanos, quien declaró que lo único que pedía la asociación es que el demandado cese en sus manifestaciones, cumpla la ley y deje de difamarles.