El Tribunal Supremo ha avalado el decreto de 'prescripción enfermera' que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, aprobado en 2018, desestimando así el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Colegio Oficial de Médicos de Tarragona.
Asimismo, el Alto Tribunal ha impuesto las costas, en los términos previstos en el último fundamento, a la parte actora, Colegio Oficial de Médicos de Tarragona, por todos los conceptos la de 4.000 euros, en total a distribuir por partes iguales para cada una de las partes codemandadas.
Y es que, según la sentencia, el Colegio Oficial de Médicos de Tarragona rechaza el valor de la experiencia profesional de los enfermeros y «sólo se apoya» en la prueba pericial realizada en autos a su instancia, que, examinada en su conjunto «no desvirtúa» el criterio seguido por el Gobierno al configurar el elemento de la experiencia profesional como una de las dos posibles vías de acreditación.
«No cabe apreciar quiebra del principio de jerarquía normativa, ni resulta arbitrario ni carente de sentido ponderar, como elemento de acreditación, la valoración de la experiencia profesional, como criterio para obtener la acreditación, de forma alternativa al programa formativo mediante un programa de adecuación», señala el Tribunal Supremo.