El etarra Ignacio Bilbao Beascoechea, alias Iñaki de Lemona, no entrará en prisión a pesar de que la Audiencia Nacional le acabe de condenar a una pena de 74 años de cárcel por el atentado de 1983 en Villafranca de Ordicia (Guipúzcoa) en el que un guardia civil resultó muerto y otros dos heridos de gravedad.
Esto se debe a que se fija el límite de cumplimiento de las anteriores penas en 30 años. Así, se acumula esta nueva condena a las penas ya acumuladas en el auto de 14 de diciembre de 2014 dictado por la Sección Segunda de la Audiencia Nacional, cuya condena ya ha sido extinguida por el acusado.
En la sentencia conocida este jueves, los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal imponen no obstante una pena a Bilbao de 30 años de cárcel por un delito de atentado contra miembros de la seguridad del Estado en acción terrorista, con la agravante de premeditación, y otras dos penas de 22 años por sendos delitos de asesinato frustrado.
Febrero del 83
Los hechos probados relatan que el acusado durante 1983 formaba parte de uno de los 'taldes' del comando Goierri Costa de la banda terrorista ETA. La zona de actuación del comando se centraba en la provincia de Guipúzcoa y algunas zonas de Álava y Navarra.
El día 2 de febrero de 1983, Bilbao y los otros integrantes del mencionado comando, habiendo recibido la información recabada por José Miguel Latasa Guetaria --condenado por estos hechos-- sobre los movimientos de vehículos del cuartel de la Guardia Civil de Villafranca de Ordicia y los puntos desde donde sería factible realizar un ataque con lanzagranadas, se reunieron en Zaldivia, aproximadamente a 4 kilómetros de Villafranca de Ordicia.
Provistos de fusiles ametralladores tipo Cetme o G-3 y dos lanzagranadas se dirigieron repartidos en dos vehículos a las proximidades del punto elegido para atacar los coches patrulla que salieran del cuartel. Una vez allí, continúa la resolución, estacionaron sus vehículos y se emboscaron manteniendo la visibilidad sobre el cruce existente en el Km. 422'5 de la carretera N-1 de Madrid a Francia por Irún.
Formando dos grupos se situaron en puntos diferentes, uno desde el lado izquierdo de la carretera de acceso al cuartel, y el otro desde la ladera frontal próxima a la carretera N-1.
Cuando observaron que dos automóviles de la Guardia Civil llegaron a la intersección de las carreteras y se detuvieron para ceder el paso a los vehículos que circulaban por la carretera N-1, dispararon dos granadas contra estos vehículos.
Una de ellas fue lanzada por Pedro José (o María) Picabea Ugalde, también condenado por estos hechos, encargándose el acusado Ignacio Bilbao de introducir las granadas en el lanzagranadas. Acto seguido, ametrallaron con fuego cruzado desde cada uno de los dos automóviles a los agentes de la Guardia Civil, quienes trataron de repeler la agresión disparando con las armas reglamentarias que portaban.
A consecuencia de las explosiones y los disparos falleció el guardia civil Miguel Mateo Pastor y resultaron heridos los agentes José Luis Bueno Fernández y Custodio Contreras La Rosa.
Después de analizar la prueba practicada en la vista oral, los magistrados consideran relevante para la culpabilidad del acusado el testimonio de José Miguel Latasa Guetaria, quien, en su declaración indagatoria en 1996 ratificada en el juicio oral, afirmó que Iñaki Bilbao formaba parte de ese comando y que participó en la ejecución de los hechos.