La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha señalado que no se podrá alegar como causa de despido objetivo, los que tienen una menor indemnización de 20 días por año, las dificultades en el desarrollo del trabajo a distancia.
«No puede existir despido objetivo por falta de adaptación a las nuevas realidades (...) de trabajo», ha afirmado Díaz tras la reunión del Consejo de Ministros en el que se ha aprobado el decreto ley que regirá el teletrabajo en España tras el acuerdo cerrado anoche con patronal y sindicatos.
Díaz ha vuelto a agradecer el esfuerzo de los agentes sociales para lograr un acuerdo que ha sido «el más difícil y complejo» y del que sale una norma que «preserva los derechos fundamentales» y rellena «un vacío legal».
Para la ministra de Trabajo, con esta legislación se inaugura «una ola de reformas del siglo XXI», y ha destacado el carácter voluntario, tanto para la empresa como para el trabajador, así como la reversibilidad de la decisión.
La norma, que se quiere tramitar como proyecto de ley según señalan fuentes parlamentarias, establece la necesidad de firmar un acuerdo con el empleado que vaya a trabajar a distancia más del 30 % de la jornada semanal durante un periodo de tres meses y la obligación del empresario de pagar los gastos en los que pueda incurrir.
El trabajo a distancia será voluntario y reversible tanto para la persona trabajadora como para la empresa, y no supondrá un menoscabo en los derechos de quienes lo realicen respecto al resto de trabajadores en condiciones como la retribución, la estabilidad en el empleo, el tiempo de trabajo, la formación y la promoción profesional.
El Gobierno también ha aprobado este martes la prorroga del programa MeCuida hasta el 31 de enero de 2021.
Este programa permite adaptar o reducir jornada, con la consiguiente merma de salario, para el cuidado de menores o dependientes durante la pandemia.