El Tribunal Supremo ha condenado a Federico Jiménez Losantos por los comentarios que vertió en 2016 contra la entonces diputada de Podemos Carolina Bescansa por acudir con su bebé al Congreso de los Diputados, descalificaciones con las que incurrió en una «vejación descarnada» de la dirigente política.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo condena al locutor a pagar 5.000 euros a Bescansa por intromisión ilegítima en su derecho al honor con algunos de los comentarios que profirió el 10 de marzo de 2016 en un videoblog emitido por Libertad Digital.
En concreto, cuando afirmó que la diputada había llevado al Congreso al niño «dopado… con anís o valium y el niño a dormir, el niño grogui» y añadió: «Pobre bebé de la Bescansa, debe de estar en algún contenedor porque ya no lo han vuelto a sacar, no sé qué habrán hecho con él, lo habrán dado en adopción...».
A juicio del Supremo, esas expresiones muestran «desprecio hacia la dignidad de la demandante como persona, siendo indudablemente injuriosas y desconectadas de la crítica política propia de una sociedad democrática y plural».
Por ello, supera los límites de la libertad de expresión al incurrir «en el menosprecio a la dignidad de la demandante, en la vejación descarnada», que vulnera su derecho fundamental al honor.
Pero el Supremo da la razón a Jiménez Losantos respecto a otro de los comentarios por los que había sido condenado en primera instancia y posteriormente por la Audiencia Provincial de Madrid a pagar otros 5.000 euros a Bescansa.
«Es que veo a Errejón, veo a la Bescansa, veo a la Rita Maestre, y me sale, me sale el monte, no el agro, el monte... si llevo la lupara disparo. Menos mal que no la llevo», manifestó en un programa radiofónico el 20 de enero de 2016.
El alto tribunal plantea al respecto que, con independencia del reproche social que puedan provocar esas palabras, «no menoscaban la reputación personal de la Sra. Bescansa y de las otras dos personas a las que iban dirigidas». De acuerdo con el criterio del fiscal, el Supremo entiende que Losantos expresó «un ánimo que puede descalificar a quien lo revela, pero no a los destinatarios de la invectiva».