El Govern no renueva el concierto educativo a los once colegios catalanes que segregan por sexo, según ha publicado el Diario Oficial de la Generalitat (DOGC), porque «no cumplen el principio de coeducación por medio de la escolarización mixta, que ha de ser objeto de atención preferente».
Los centros educativos de Cataluña que quedan excluidos del concierto educativo, la mayoría pertenecientes a instituciones religiosas de carácter conservador, son los colegios Canigó, Bell-lloc del Pla, Les Alzines, Pineda, Xaloc, Institució Lleida, Esc. Fam. Agr. Campjoliu, Institució Tarragona, La Vall, La Farga y Viaró, según la resolución de Educación publicada en el DOGC.
La resolución establece la aprobación con carácter provisional de las renovaciones de los conciertos educativos en Cataluña para la educación primaria, las modificaciones de los conciertos de educación infantil de segundo ciclo y de educación secundaria obligatoria y la prórroga de los conciertos educativos de educación primaria de los centros para el próximo curso 2020-2021.
Para retirar el concierto a los centros que segregan por sexo, Educación aplica el artículo 43.1.d de la Ley de Educación de Cataluña.
Según este artículo, los centros que presten el Servicio de Educación de Cataluña deben cumplir el principio de coeducación por medio de la escolarización mixta, que ha de ser objeto de atención preferente, señala la resolución.
El departamento de Educación también apela al artículo 84.3 de la Ley orgánica 2/2006 de Educación, que en su párrafo tercero dispone que los centros que segregan por sexo deben exponer en su proyecto las razones educativas de la elección de este sistema y las medidas académicas que desarrollar para favorecer la igualdad.
Según consta en la resolución del DOGC, el pasado 3 de marzo Educación requirió a los colegios afectados con la retirada del concierto que en el plazo de 10 días presentasen su proyecto educativo de centro y alegaran las razones pedagógicas en que fundamentan la elección del modelo de educación diferenciada por sexos.
Con la entrada en vigor del estado de alarma el pasado 14 de marzo, los plazos administrativos quedaron suspendidos antes de la finalización del plazo de los 10 días para aportar la documentación solicitada, admite la resolución.
Por ello, Educación concluye que dado que «no se ha podido acreditar el cumplimiento de las razones educativas de la elección de un modelo de escolarización diferenciada por sexos, ni la adopción de medidas académicas necesarias para garantizar que esta organización diferenciada no constituya un impedimento a la igualdad, no se puede aprobar la renovación del concierto».
La resolución también publica la aprobación provisional de la modificación de los conciertos educativos de los centros privados concertados para las enseñanzas postobligatorias de bachillerato y ciclos formativos de grado medio y de grado superior.
En función de los datos del actual periodo de preinscripción, antes de que se inicie la matriculación del próximo curso 2020-21, Educación emitirá la resolución definitiva de renovación, modificación y prórroga de los conciertos educativos, que se publicará en el DOGC.
Fuentes del sector educativo han señalado que es probable que los centros educativos que, según esta resolución, pierden el concierto presenten un recurso contra esta decisión del departamento que dirige el conseller Josep Bargalló.