Miles de personas se han visto afectadas por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) debido a la declaración del estado de alarma para hacer frente al coronavirus, que impide el desarrollo de numerosas actividades.
Ante esta situación, muchos trabajadores hacen cuentas estos días para saber el dinero del que podrán disponer cada mes. En concreto, el real decreto aprobado por el Gobierno garantiza que como mínimo los empleados puedan cobrar el 70 % de la base reguladora. No obstante, algunas empresas han anunciado que aportarán la diferencia para que sus empleados puedan seguir percibiendo el 100 % de su sueldo.
Los que no tienen esa suerte pueden calcular los ingresos que tendrán. Para ello es necesario saber la basa reguladora del trabajador de los 180 días anteriores al ERTE. Se trata de lo que cada empleado ha aportado a la Seguridad Social.
De este modo, se deben sumar las bases de cotización de los últimos seis meses y dividir el resultado entre seis. Aquellas personas que no sepan cuál es su base de cotización puede solicitar el informe a la Seguridad Social.
Tope salarial
Además, es muy importante tener en cuenta que el real decreto del Gobierno establece un tope salarial. En concreto, los trabajadores sin hijos a su cargo percibirán un máximo de 1.098,09 euros; los que tengan un hijo a su cargo 1.254,86 euros y si tienen dos o más hijos a su cargo un máximo de 1.411,83 euros.
También se ha limitado la cuantía mínima: 501,98 euros si no se tienen hijos y los 671,40 si se tienen.
En el caso de las personas que tienen una jornada parcial, los topes mínimos estarán entre 248,50 y 250,99 euros mensuales sin hijos a cargo; y entre 334,87 y 335,70 en el caso de que se tengan hijos a cargo.
Cabe recordar que los trabajadores afectados por un ERTE no tienen que realizar ningún trámite, ya que se encarga su empresa. El Estado ingresa las prestaciones el día 10 de cada mes, aunque puede retrasarse unos días en función de la entidad bancaria de cada trabajador afectado por un ERTE.