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El Gobierno aprueba este miércoles el subsidio para parados mayores de 52 años y el registro de la jornada laboral

| Madrid |

El Consejo de Ministros aprobará este viernes un decreto ley que recoge la recuperación del subsidio para mayores de 52 años, frente a los 55 actuales, y el registro de la jornada laboral, según han confirmado fuentes del diálogo social.

El Ejecutivo ha trasladado a patronal y sindicatos que el Consejo de Ministros de mañana dará 'luz verde' a este decreto en una reunión celebrada este jueves por la tarde con el Ministerio de Trabajo, según han especificado las mismas fuentes y ha adelantado 'El País'.

Este decreto contendrá la rebaja de 55 a 52 años del subsidio para mayores desempleados, el control de la jornada horaria y algunos aspectos referidos a la Garantía Juvenil.

La recuperación del subsidio para mayores de 52 años era una de las cuestiones que habían quedado en el aire tras la no aprobación de los Presupuestos de 2019 y la convocatoria de elecciones generales. Hasta el año 2012, la edad para pedir este subsidio era de 52 años.

Con la reforma laboral del Gobierno del PP, la edad de acceso se subió a los 55 años.
El subsidio para mayores de 55 años es una ayuda mensual de 430 euros que el trabajador en paro cobra hasta que alcanza la edad de jubilación que le permite acceder a una pensión contributiva, con independencia de su modalidad, lo que en la práctica se traduce en jubilaciones anticipadas forzosas y, por tanto, en pensiones de menor cuantía.

Concretamente, el real decreto que se aprobará mañana recogerá medidas que fueron rechazadas en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2019 y otras derivadas de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Así, también se recuperará la cotización a la Seguridad Social de los cuidadores familiares de personas dependientes, se duplicarán las cuantías no contributivas de las prestaciones familiares por hijo para luchar contra la pobreza infantil y se recogerá una mejora de las cuantías mínimas de las pensiones por incapacidad permanente total.

Por otro lado, se reducirá la cotización de los trabajadores agrarios por cuenta ajena con el objetivo de minimizar el impacto de la subida del salario mínimo a 900 euros. El texto también recogerá que los artistas de espectáculos públicos puedan continuar incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social durante sus periodos de inactividad.

En materia de autónomos, el texto apunta que se pagarán las cuotas por todas las contingencias a los trabajadores por cuenta propia que se encontrasen en situación de incapacidad temporal antes de la entrada en vigor del Real Decreto de revalorización de pensiones y otras medidas urgentes en materia social, que se aprobó el pasado mes de diciembre, una vez transcurridos 60 días de incapacidad temporal.

BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN

También se establecerán bonificaciones a la contratación de parados de larga duración y en el ámbito agrario se darán bonificaciones a la conversión de contratos eventuales de trabajadores agrarios en contratos indefinidos o contratos fijos discontinuos.

Asimismo, habrá una reducción a la mitad de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores fijos discontinuos de las empresas de sectores de turismo, hostelería y comercio durante los meses de febrero, marzo y noviembre.

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