El Tribunal Supremo ha denegado una vez más la puesta en libertad del expresidente de la ANC Jordi Sánchez y de los exconsellers Jordi Turull y Josep Rull al no haber variado las circunstancias por las cuales se dictó prisión provisional.
Los tres procesados presentaron una nueva petición de libertad, unos días antes de que comenzaran la huelga de hambre en el centro penitenciario de Lledoners (Barcelona), al alegar que concurrían nuevas circunstancias derivadas de la presentación de los escritos de acusación de la Fiscalía y la Abogacía del Estado.
En concreto, aludían a «las diferencias tan significativas en relación con los hechos y su calificación jurídica» que existen entre ambas acusaciones respecto del delito de rebelión y sedición.
Recordaban que la Abogacía solicita penas privativas de libertad muy inferiores a las planteadas por la Fiscalía pero que, en cambio, no superan mucho a las solicitadas para otros procesados que están en libertad provisional y que no se han fugado.
Los procesados apelaban también a la «coherencia de la administración de Justicia» al citar que los condenados en casos como Gürtel, Bankia, Lezo o La Manada permanecen en libertad.
Ahora la sala encargada de enjuiciar los hechos ha dictado un auto en el que desestima la nueva petición de libertad al entender que «no han variado las circunstancias que ya fueron ponderadas en anteriores resoluciones».
Los magistrados consideran que el riesgo de fuga y de reiteración delictiva que justificó la medida de prisión provisional siguen vigentes e insisten, como en anteriores resoluciones, que su situación procesal no implica una vulneración del derecho de defensa.
Al respecto, quieren dejar claro que «todos los acusados, cualquiera que sea su situación personal, tendrán las mismas oportunidades de defender sus pretensiones en el acto del juicio».