La Fiscalía ha pedido el ingreso inmediato en prisión del exdiputado de CiU Oriol Pujol al considerar que de esta forma se cumplirá la «función reeducadora» de la pena y dada la «naturaleza y gravedad» de la «corrupción política» por la que fue condenado a dos años y medio de cárcel por el caso ITV.
En un informe el ministerio público se opone a la petición planteada por Oriol Pujol de que se suspenda su entrada en prisión para cumplir la pena que se le impuso por usar su influencia política para favorecer a empresarios afines y cobrar comisiones ilegales en el caso de las ITV.
En su escrito, la fiscal anticorrupción Teresa Duerto sostiene que ni las circunstancias personales de Oriol Pujol, que actualmente trabaja como autónomo como agente comercial de una empresa, ni su conducta bastan para «renunciar sin más» a la «función reeducadora, intimidatoria y pedagógica» del cumplimiento de la pena de cárcel, atendida la «naturaleza y gravedad» de los hechos por los que fue condenado.
La fiscal resalta que el expresidente del grupo parlamentario de CiU y exsecretario general de CDC, cargos de los que dimitió en marzo de 2013, fue condenado por «aprovecharse» entre 2010 y 2012 de su posición política «privilegiada» para cometer delitos de tráfico de influencias y cohecho relacionados con la «corrupción política y económica», en el marco de la trama de las ITV.
«Luchar contra la corrupción y el fraude es una de las prioridades absolutas a nivel nacional y europeo, por cuanto la corrupción es una lacra de la sociedad y supone un ataque a la estructura democrática de cualquier estado. De tal modo que, precisamente en casos como el que ahora nos ocupa, es cuando más necesaria es la ejecución de la pena de prisión a fin de atender el orden jurídico», sostiene al informe.
Oriol Pujol, el único hijo del expresident Jordi Pujol que se dedicó a la política, pidió que se suspendiera su ingreso en prisión alegando que es padre de tres hijos de 21, 20 y 17 años, que se hace cargo del pago de la hipoteca del piso donde vive su familia y de sus gastos sanitarios y que está intentando rehacer su vida, trabajando como agente comercial de una empresa e incluso llevando a cabo labores de voluntariado.
Por este motivo, Pujol advirtió en su escrito de que un eventual ingreso en prisión «perjudicaría» gravemente a su entorno familiar así como a su arraigo laboral y social «en plena recomposición».
Por el contrario, la Fiscalía replica que la situación de Oriol Pujol «no es distinta a la de muchos otros ciudadanos», sin que concurra ninguna circunstancia «excepcional» a tener en cuenta para que se libre del ingreso a prisión, sino «más bien al contrario».
En este sentido, expone la fiscal que la esposa de Pujol, que también fue condenada por el caso ITV -aunque en su caso se ha sustituido la pena de cárcel por una multa-, tiene estudios superiores y una profesión, por lo que «puede perfectamente» hacerse cargo de los tres hijos, dos de los cuales ya son mayores de edad, así como de los gastos de la vivienda y sanitarios.
Respecto a los gastos sanitarios mensuales contratados por Oriol Pujol para su familia, la fiscal apunta que, en todo caso, en España «rige el sistema de sanidad pública gratuita, a la que el penado y su familia tienen derecho».
También resalta la fiscal que, aunque el exdiputado de CiU no lo incluyera en su informe, dispone de una vivienda unifamiliar como segunda residencia en Urús (Girona) y que pertenece a la familia Pujol-Ferrusola, «siendo de dominio público que no se trata de una familia con escasos recursos económicos».
Respecto a su situación laboral, el ministerio público destaca que Oriol Pujol está trabajando como autónomo, «por lo que no existe riesgo de despido o pérdida de puesto de trabajo a consecuencia de su ingreso en prisión».
En su escrito, la Fiscalía apunta que la última reforma del Código Penal prevé, de manera excepcional, suspender el cumplimiento de las penas de cárcel cuando superen los dos años pero individualmente todas sean inferiores a ese límite.
No obstante, puntualiza que se deberán tener en cuenta las circunstancias personales del condenado, la naturaleza del delito cometido, su conducta y el esfuerzo para reparar el daño causado y que, en cualquier caso, la concesión del beneficio de suspensión de la ejecución del ingreso en prisión es una facultad «discrecional» del tribunal.
En el caso de Oriol Pujol, la Fiscalía se opone a que se le suspenda la pena privativa de libertad al concluir que no se ha acreditado la concurrencia de ninguna circunstancia excepcional que justifique la aplicación de esta medida.