El juez que investiga el proceso soberanista catalán en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha remitido un escrito al Tribunal Superior de Schleswig-Holstein en el que plantea la opción de que entregue al expresident de la Generalitat Carles Puigdemont por un delito de sedición.
En un escrito complementario a la orden europea de detención y entrega, el juez plantea esa posibilidad en el caso de que los jueces alemanes consideren que no se dan los requisitos para entregar a Puigdemont por un delito de rebelión al no apreciar la concurrencia del requisito de violencia.
Como hiciera en el auto dictado el miércoles en el que confirmó el procesamiento de todos los implicados en el «procés», el magistrado sugiere la posibilidad de que lo ocurrido en los días previos y posteriores al referéndum del 1-O y ese mismo día se interprete como sedición (penado con hasta quince años de cárcel).
Llarena explica que opta por la calificación mayor de rebelión por cuanto el Código Penal español da preferencia al tipo penal que contemple mayor pena, aunque recuerda al tribunal alemán que la rebelión alternativamente incluye la sedición, «un delito que en si mismo no precisa violencia» e, incluso, la desobediencia, que conlleva una pena de multa.
Es por ello, que pide a los magistrados alemanes que se centren en los hechos que figuran en los informes remitidos más allá de su calificación jurídica, pues de eso trata el procesamiento. «Con independencia de cual sea el delito que constituyan estos hechos en Alemania o cual sea la gravedad de la calificación conforme a su ordenamiento jurídico, estamos convencidos de que los hechos que se relatan en el auto de procesamiento son constitutivos de algún tipo de infracción penal en Alemania», explica, «y que la actuación no es irrelevante en su país».
Es decir, que analicen si un intento de romper la Constitución, aunque fuera sin violencia, no sería delito en Alemania; si un intento de segregación de un land no sería delictivo.
La diferencia entre ambos delitos radica en que la rebelión implica el uso de la violencia para obtener ese tipo de fines, en tanto que la sedición conlleva un alzamiento «tumultuario».
Ahora bien, Llarena sigue defendiendo que hubo violencia «conscientemente asumida y buscada» -dedica 7 de las 17 páginas del escrito a ello- y cree que los hechos encajan en el artículo 81 del Código Penal alemán relativo al delito de alta traición.
Eso sí, señala que si la violencia hubiera tenido la intensidad suficiente como para comprometer al Estado, como así requiere la ley alemana, «seguramente los tribunales españoles no estarían en condiciones de juzgar a los gobernantes del nuevo estado que se hubiera implantado» puesto que el Estado español habría capitulado debido a esa violencia efectiva para lograr la independencia.
Para describir dicha violencia arranca de sucesos anteriores a los acontecidos en septiembre y octubre de 2017, al mencionar que desde hace años los nacionalistas han venido impulsando manifestaciones que han agrupado a un millón de personas.
«Cierto es que no han tenido carácter violento, pero han sido un alarde de que contaban con el apoyo de una parte importante y significativa de los habitantes de Cataluña, señala el juez, que añade que «las movilizaciones son expresivas de la trascendencia que podía llegar a tener un alzamiento masivo».
Para complementar no solo la violencia física sino la coacción en la violencia, que exige Alemania, informa que se produjeron más de 300 incidentes de movilizaciones que condujo a una «insurrección» de tal envergadura que forzó a intervenir al Rey alterando la programación de los medios de comunicación para dirigir un mensaje a la nación reclamando al Govern que respetara la Constitución.
Además, envía decenas de vídeos que están relacionados con episodios violentos, acosos e insultos a ciudadanos y fuerzas de seguridad para apoyar sus argumentos respecto al uso de violencia.
Por otra parte, el juez ha dictado una providencia en la que acuerda, a petición de la Fiscalía, dividir la causa en dos piezas separadas, la principal, con todos aquellos que están puestos a disposición de la justicia o y otra con los siete huidos, declarados en rebeldía.
Llarena entiende que «existen elementos suficientes» para que Puigdemont (Alemania), los exconsellers Antoni Comín, Meritxell Serret, Lluís Puig (los tres en Bélgica) y Clara Ponsatí (Escocia), la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y la exdiputada de la CUP, Anna Gabriel (Suiza) puedan «ser juzgados de forma independiente».
El juez ha tomado esta decisión tras constatar que la diferencia de ritmos podría dilatar el proceso e impedir su objetivo de que los hechos se juzguen este mismo año, según explican las fuentes.