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El juez autoriza que la etarra Sara Majarenas viva con su hija en un hogar de acogida

Majarenas, en el momento de su detención en 2005. | Archivo

| Madrid |

El juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, José Luis Castro, ha otorgado el segundo grado penitenciario a la presa de ETA Sara Majarenas para permitirle «continuar la convivencia» en la Fundación Padre Garralda con su hija de 3 años, acuchillada por su padre en Valencia.

El juez tiene en cuenta, además de las circunstancias de la niña, un escrito de Majarenas del 6 de febrero en el que manifiesta su arrepentimiento, reconoce el daño causado y destaca que su prioridad y objetivo ahora es el cuidado de su hija.

La etarra cumplía condena en Picassent (Valencia) y ya disfrutaba de un permiso extraordinario para permanecer continuamente con su hija, hospitalizada desde que fuera apuñalada por su padre el 15 de enero durante uno de los fines de semana que pasaba con él.

Ahora, tras permanecer en prisión desde 2005 y cerca del final de su condena a 13 años, podrá vivir en el centro de la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos, dependiente de la cárcel de Aranjuez (Madrid).

«La labor realizada por esta prestigiosa ONG, permitirá a madre e hija recibir el acogimiento, apoyo y afecto que necesitan para solventar las dificultades que derivarían de una separación que sería contraria a la protección que todo menor necesita, máxime en circunstancias tan excepcionales y graves», destaca el auto.

Separación que se produciría al haber cumplido ya la menor la edad máxima de tres años para permanecer en un centro penitenciario, y para evitarlo le aplica a ese segundo grado «el principio de flexibilidad» recogido en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.

Por ello, «a fin de dar contenido a dicho principio de flexibilidad debe tenerse en cuenta la acogida que ofrece la Fundación Padre Garralda-Horizontes Abiertos, que actualmente tiene plazas vacantes para recibir a madres con hijos, clasificados en tercer grado"

En cuanto a la «flexibilización», el juez tiene en cuenta además las circunstancias excepcionales que tienen en este momento madre e hija, tal y como refleja un informe del equipo técnico del juzgado que ratifica la necesidad de que estén juntas.

Según ese informe, por «el interés superior de la menor» debe «accederse al principio de flexibilización», «máxime en un caso tan excepcional como el que nos ocupa en que la situación de vulnerabilidad de la pequeña viene provocado por la bestial agresión».

Para otorgarle la clasificación al segundo grado ha sido también decisivo «el avanzado estado del cumplimiento de la condena», que ha sido su primer ingreso en prisión y la ausencia de expedientes disciplinarios.

También que los grupos de control del centro penitenciario han detectado que Majarenas «se ha venido moviendo en postulados posibilistas dentro del colectivo de presos de ETA» y un informe del centro penitenciario del 20 de febrero que recoge sus expectativas «de mantenerse al margen de toda actividad delictiva relacionada con temas políticos y dedicarse al cuidado de su hija y a su actividad profesional».

En el auto, el juez reconoce la labor de la Fundación que acogerá a Majarenas y a su hija «por la ayuda que presta a internos durante permisos y situaciones de semilibertad, así como a madres con hijos que se encuentran en la situación jurídica referida».

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