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Consulta soberanista en Catalunya

La Fiscalía pide diez años de inhabilitación para Mas por el 9N

El expresidente de la Generalitat, Artur Mas. | Efe

| Barcelona |

La Fiscalía pide diez años de inhabilitación para el expresidente de la Generalitat Artur Mas y otros nueve años para las conselleras Irene Rigau y Joana Ortega, por prevaricación y desobediencia al Tribunal Constitucional (TC) en la consulta soberanista del 9N.

En su escrito de calificación, presentado este lunes ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), los fiscales Francisco Bañeres y Emilio Sánchez Ulled acusan a los tres encausados de los delitos de desobediencia grave y de prevaricación, en el caso de Mas como autor, y en el de las exconselleras de Gobernación y Enseñanza como cooperadoras necesarias.

En principio, el ministerio público pide penas de diez y nueve años de inhabilitación para los encausados para ejercer cargos públicos electivos, de ámbito local, autonómico o estatal, por ambos delitos de desobediencia y prevaricación en concurso.

Para el caso de que el TSJC decida condenar a los procesados por esos dos delitos por separado, la Fiscalía propone como alternativa una pena de nueve años y medio de inhabilitación y multa de 36.000 euros para Mas y, para Ortega y Rigau, multa de 30.000 euros y ocho años de inhabilitación.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), tras la instrucción del caso, ciñó los hechos imputables a Mas, Ortega y Rigau a los delitos de prevaricación y desobediencia, que no llevan aparejadas penas de prisión, y descartó el de malversación, que inicialmente planteaba la Fiscalía en su querella y que sí está castigado con cárcel.

En su escrito de acusación, los fiscales sostienen que los encausados articularon «una estrategia de desafío completo y efectivo» a la suspensión de la consulta del 9N acordada por el TC, siendo «plenamente conscientes de que con ello quebrantaban el obligado acatamiento» de las órdenes del Constitucional.

En opinión del ministerio público, Mas, «amparado simplemente en su voluntad, que convirtió irrazonablemente en aparente fuente de normatividad», se puso de acuerdo con las otras dos acusadas para «disponer efectivamente, o dejar de truncar, la continuación de todas las actuaciones públicas de preparación del 9N» que ya estaban en marcha.

La Fiscalía sostiene que Mas no solo no suspendió «oficialmente» la convocatoria del 9N tras la decisión del TC, sino que decidió, junto a las exconselleras, «generar la apariencia de que las actuaciones administrativas públicas se paralizaban y el proceso quedaba exclusivamente en manos de ciudadanos voluntarios, cuando en realidad no era así».

De esa forma, según el ministerio público, «lejos de ser interrumpida», la utilización de instrumentos y procedimientos públicos para el 9N «continuó, si bien se mantuvo convenientemente en segundo plano, de forma que, de cara al exterior, la apariencia fuera efectivamente la de un proceso exclusivamente gestionado por ciudadanos voluntarios».

A ello contribuyó, según la Fiscalía, el hecho de que los principales trabajos organizativos y logísticos del 9N «fueran principalmente encomendados a contratistas privados, y ello en un clima de opacidad escasamente compatible con el ejercicio responsable de las potestades públicas».

De hecho, los fiscales apuntan que, ya al convocar la consulta, los acusados recurrieron a «actos jurídicos no formalizados, incluso meramente materiales», con lo que en su opinión «eran conscientes desde un principio de la posible impugnación de la misma por parte del Gobierno de la Nación y de la consecuente interdicción jurisdiccional, y actuaron dispuestos en todo momento a eludir el control jurisdiccional».

Concretamente, la Fiscalía acusa a Mas de haber «desatendido el mandato» del TC e incumplir su obligación de dejar si efecto la convocatoria y a Ortega de seguir ejerciendo el «control público y la coordinación» de las actuaciones de preparación de la jornada de votación, tras la suspensión.

En el caso de Rigau, el ministerio público cree que actuó «de forma coordinada con los anteriores», garantizando que los directores de instituto, «con mayor o menor convencimiento individual», siguieran prestando el apoyo necesario para que los centros educativos acogieran las urnas.

La Fiscalía mantiene que, pese a que la resolución del TC llegó a la Generalitat por correo ordinario el 6 de noviembre -tres días antes de la consulta-, Artur Mas la conoció por un correo electrónico que el presidente del Tribunal Constitucional le remitió personalmente el día 4, el día en que se suspendió.

Ese mismo día, razonan los fiscales, el propio gobierno catalán ordenó presentar recurso de súplica contra la providencia del TC, cuya sola lectura no dejaba «margen de duda en cuanto al contenido de la suspensión acordada: toda actuación pública, estuviera o no formalizada jurídicamente, que contribuyera a impulsar la convocatoria señalada para el día 9 de noviembre siguiente».

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