Con el voto en contra de cuatro de sus nueve miembros, el Consejo de Garantías Estatutarias ha validado por mayoría la constitucionalidad del dictamen de la ley catalana de consultas populares no refrendarias, decisión que para el Govern ofrece «argumentos sólidos» para convocar la consulta soberanista.
El dictamen, de 159 páginas y que ayer fue entregado al Parlament, avala de forma íntegra la norma que, de aprobarse definitivamente, servirá como marco legal al gobierno catalán para convocar la consulta soberanista del próximo 9 de noviembre.
«El dictamen pone de manifiesto de manera contundente que la ley es plenamente constitucional y se adecúa totalmente al Estatut. La consulta evidentemente que se convocará, porque los sólidos argumentos jurídicos avalan que se pueda votar de manera legal», señaló el conseller portavoz del Govern, Francesc Homs, poco después de hacerse público el informe.
Tras analizar aspectos como el objeto de consulta, el registro de participación de votantes, el decreto de convocatoria, la definición y composición de las comisiones de seguimiento o la votación anticipada, el Consejo de Garantías –órgano consultivo de la Generalitat– entiende que la proposición de ley es constitucional.
No se pronuncia, en cambio, sobre la doble pregunta de la consulta del 9 de noviembre, que incluye la independencia como opción, al entender que su naturaleza es la de un acuerdo de índole política que, a efectos de su labor consultiva, «está falto de consecuencias jurídicas».
El órgano considera así que los procedimientos para obtener la opinión de la ciudadanía «no colisiona» con el fundamento último de la soberanía reconocido en la Constitución, sino que, al contrario, «puede contribuir a reforzar destacados valores constitucionales, más allá del necesario cumplimiento de la ley».
La proposición de ley tampoco vulnera la autonomía local municipal, según el Consejo, para el que el sistema constitucional español no prohíbe en ningún caso que la Generalitat pueda consultar a la ciudadanía sobre cuestiones que son de su interés «si lo hace amparada en una competencia propia».
Homs celebró que «tanto este dictamen como la sentencia del Constitucional sobre la declaración de soberanía del Parlament permiten concluir que hay argumentos para que, una vez se apruebe la ley, se pueda hacer la convocatoria de la consulta con toda la fundamentación jurídica necesaria».