El Gobierno ha aprobado hoy, en Consejo de Ministros, su proyecto de ley de reforma del Código Penal, que incrementa la persecución contra los delitos de corrupción y agrava las penas de los incendios forestales y la piratería, entre otros.
La principal novedad de la reforma penal promovida por el ministro Alberto Ruiz-Gallardón es la nueva pena de prisión permanente revisable, que podrá ser impuesta únicamente en supuestos de excepcional gravedad como los asesinatos terroristas, el homicidio del jefe del Estado o de su heredero y en los supuestos más graves de genocidio o de crímenes de lesa humanidad.
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha destacado en rueda de prensa que este proyecto da respuesta «a una demanda social importante».
Según el Ministerio de Justicia, el proyecto de ley de reforma del Código Penal de 1995 es el más profundo de los realizados hasta ahora, al incluir una revisión del sistema penal para dar respuesta a las nuevas formas de delincuencia, a la multirreincidencia y a los delitos más graves.
El texto hace una revisión técnica de un número importante de delitos, entre los que destacan los previstos para castigar la corrupción y evitar la impunidad de ciertas conductas.
En los delitos de administración desleal y malversación ya no será necesario acreditar el enriquecimiento ilícito del administrador o funcionario que falte al deber que tiene encomendado si, entre otros supuestos, se acredita que ha firmado contratos por un precio desorbitado o por servicios no prestados.
Además, el comiso es ampliado para aumentar la posibilidad de recuperar activos ilícitos.
La reforma también profundiza en la imposición de medidas de seguridad con los delincuentes sexuales, de forma que la libertad vigilada podrá aplicarse a más delitos en función de la peligrosidad del reo.
El texto establece por primera vez un sistema dualista en el que, por un lado, una pena castiga el hecho cometido y una medida de seguridad protege a la sociedad de la peligrosidad del sujeto.
Según Justicia, el Código Penal ahonda en la protección de la mujer mediante la introducción de nuevas figuras delictivas, como el delito de matrimonio forzado, el de acoso u hostigamiento, la divulgación no autorizada de grabaciones o imágenes íntimas obtenidas con el consentimiento de la víctima y la alteración de los dispositivos telemáticos para controlar medidas cautelares.
Para mejorar la eficacia y agilidad de la justicia penal se modifica la regulación de la suspensión y de la sustitución de penas, fijando un sistema único que impida la duplicidad de actuaciones.
Además, se suprimen las faltas que sobrecargan los juzgados y sólo las que tienen entidad penal se convierten en delitos leves, mientras que las otras se castigarán por vía administrativa.
El proyecto también se adapta a la nueva legislación europea para la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia, de prevención de los abusos sexuales y la explotación sexual de los menores y la pornografía infantil, así como para combatir la trata de seres humanos.
El proyecto de Gallardón establece un único régimen de suspensión de penas que agilizará los procedimientos. En la delincuencia menor se amplía la discrecionalidad del juez ante el cumplimiento de pena de prisión.
El Código tipifica como delito cualquier acto sexual con menores de 16 años, salvo que exista proximidad de edad o de madurez.
Se castigará a los clientes españoles de prostitución infantil aunque cometan el delito en el extranjero.
La reforma contempla medidas para perseguir las páginas web que facilitan el acceso ilícito a obras protegidas en busca de un beneficio directo o indirecto.
Además, agrava las penas para los robos cometidos en el campo.