El Tribunal Supremo ha anulado unas oposiciones convocadas por la Generalitat de Catalunya porque exigían el conocimiento del catalán para unos puestos de funcionario que tenían «habilitación estatal» y no necesariamente debían estar destinados para esa comunidad autónoma.
«La valoración del conocimiento del catalán tiene explicación y justificación para la ocupación de puestos en corporaciones locales de Catalunya, y es por ello razonable que se valore ese conocimiento», argumenta el Supremo.
Pero en el caso de esta convocatoria, la prueba de catalán «coloca en una situación de injustificada desigualdad, en relación con quienes concurran en los convocados en otros territorios, a las personas que deseen participar en los procesos selectivos de acceso a la condición de funcionarios de habilitación estatal convocados por la Generalitat de Catalunya», concluye.