El Tribunal Constitucional ha dictaminado que el Estado puede imponer a las Comunidades Autónomas, a través del Consejo de Política Fiscal y Financiera, objetivos de estabilidad presupuestaria como medida política y económica de carácter general.
Así lo ha establecido el pleno del TC en una sentencia en la que ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Parlamento de Cataluña contra varios artículos de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria de 2001, que consideraban que vulneraban la autonomía política y financiera de la Generalitat.
La sentencia recuerda que la libertad de las Comunidades Autónomas para establecer un plan de ingresos y gastos no se establece constitucionalmente «con carácter absoluto» y que la autonomía financiera de las mismas «no excluye, sin embargo, la existencia de controles, incluso específicos».E