El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado hoy devolver el caso Gürtel a la Audiencia Nacional una vez que los tres diputados a la Asamblea de Madrid que figuraban como imputados en la causa -Alberto López Viejo, Alfonso Bosch y Benjamín Martín Vasco- han perdido su fuero.
En un auto notificado hoy, la sala de lo civil y penal del TSJM explica que su competencia sobre el caso estaba «vinculada a la vigencia del cargo de los aforados», que poco antes de las elecciones autonómicas del pasado 22 de mayo renunciaron a su escaño y que no concurrieron nuevamente a los comicios en ninguna candidatura.
«Perdida la condición de diputados en la Asamblea de Madrid (...), debe este tribunal cesar en el conocimiento de las actuaciones, consecuencia en la que coinciden todas las partes que han realizado alegaciones», señala la resolución.
De acuerdo todos en que el TSJM ya no era competente, las partes discrepaban sin embargo sobre a dónde debía ser enviado el caso: la Fiscalía, la Abogacía del Estado y los abogados de varios imputados solicitaron que se devolviera a la Audiencia Nacional -donde el juez Baltasar Garzón inició las investigaciones-, mientras que otras defensas entendían que debía ser asumido por los Juzgados de Madrid.
El TSJM, «sin entrar en controversias competenciales», acuerda devolver el caso al órgano que se lo envió, «que debe recuperar la competencia una vez que desaparecen las circunstancias excepcionales determinantes del aforamiento de alguno de los imputados».
La sala añade, además, que durante la instrucción de la causa no se ha dictado ninguna resolución definitiva que permita «excluir con claridad la competencia inicialmente asumida por el Juzgado Central de Instrucción número 5», cuyo titular en la actualidad, tras la suspensión del juez Garzón, es el magistrado Pablo Ruz.
El auto dice también que, «a lo anterior», hay que añadir que «algunos de los hechos investigados en las actuaciones parecen haber sido realizados en el extranjero», por lo que serían competencia de la Audiencia Nacional, a la que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye la investigación de los delitos cometidos por ciudadanos españoles fuera del territorio nacional.
«Uno de los objetos de investigación en la presente causa es la realización de operaciones de interposición de sociedades constituidas en varios países y la apertura de cuentas bancarias en el extranjero mediante las que supuestamente trató de ocultarse el verdadero origen y propiedad de bienes de alguno de los imputados», dice el TSJM.
El tribunal recuerda, no obstante, que ahora será Ruz quien decida si mantiene o no su competencia sobre la causa, «planteando, en su caso, la inhibición al Juzgado de Instrucción que estime debe asumir su conocimiento».
La decisión adoptada hoy por el TSJM, contra la que cabe recurso de casación, supone «la cesación -cuando el auto sea firme- de toda actividad instructora en esta causa».
El caso Gürtel, en el que se investiga una trama de corrupción ligada a cargos del PP, llegó al TSJM después de que, el 5 de marzo de 2009, el juez Garzón se inhibiera en favor de este tribunal al hallar indicios de delito contra los diputados regionales López Viejo, Bosch y Martín Vasco, que poco después abandonaron el grupo parlamentario popular en la Asamblea, aunque conservaron su escaño.
El 30 de julio de 2009, el instructor de caso en el TSJM, Antonio Pedreira, se inhibió en favor del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) de la parte de la causa en la que se investigaba la entrega de regalos por parte de miembros de la trama a altos cargos del Gobierno valenciano, entre ellos su presidente, Francisco Camps.
El caso Gürtel también ha pasado por el Tribunal Supremo, que el 24 de junio de 2009 se declaró competente para investigar a los entonces parlamentarios del PP Luis Bárcenas (senador) y Jesús Merino (diputado) y que el 18 de mayo de 2010 devolvió la causa al TSJM al haber renunciado éstos a su escaño.