Siete magistrados del Tribunal Supremo (TS) no están de acuerdo con el auto de la mayoría de la sala que impide la inscripción de Sortu en el registro de partidos políticos. Por tanto, han emitido un voto particular que critica la decisión, y que se basa en que el nuevo partido rechaza de manera «inequívoca» la violencia y el terrorismo. En opinión de los discrepantes de la opinión mayoritaria, Sortu «cumple formalmente» con la Ley de Partidos, y el voto mayoritario supone una «ilegalización preventiva».
En cambio, el resto de magistrados han advertido en su auto que dejar al nuevo partido estar en las elecciones es un «riesgo grave» que «atentaría contra la democracia».
Estatutos
Una minoría de siete magistrados del Tribunal Supremo aseguran en un voto particular que de los estatutos de la nueva formación política se infiere «un rechazo firme e inequívoco de todo acto de violencia y terrorismo de sus autores». Para estos jueces, es muy significativo que el rechazo se haga «mediante un tiempo verbal que no puede referirse únicamente al futuro», ya que «se trata de un presente continuo.
Además, ETA podría haber cedido ante la izquierda abertzale. Según afirman, es posible que exista, «como hipótesis plausible, un apartamiento de ETA por parte de la izquierda abertzale y de una sumisión de ETA a los nuevos criterios políticos». Esta nueva actitud de la banda terrorista sería el resultado de «la presión derivada de un fuerte debate interno, sin descartar la posible vuelta a las armas ante una nueva coyuntura».
En las casi 60 páginas de voto particular, los discrepantes ponen su énfasis en determinar si el rechazo de Sortu a la violencia de ETA responde a una voluntad auténtica, o por el contrario es producto de una simulación fraudulenta para asegurar continuidad de la actividad de Batasuna. Así se refleja en el voto particular que han suscrito los magistrados Juan Antonio Xiol, Gonzalo Moliner, José Manuel Sieira, José Luis Calvo, Alberto Jorge Barreiro, Rafael Gimeno-Bayón y Manuel Alarcón, todos ellos en el sector progresista del alto tribunal. De esta forma, llegan a la conclusión de que de la lectura de los estatutos de la nueva formación política se infiere «un rechazo firme e inequívoco de todo acto de violencia y terrorismo de sus autores». Se hace además «mediante un tiempo verbal que no puede referirse únicamente al futuro, pues se trata de un presente indicativo continuo».