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La OCDE recomienda a España que retrase la edad de jubilación más allá de los 67 años

El organismo pide también que se cotice más de 35 años para cobrar toda la pensión y que el cómputo se extienda a toda la vida laboral

| París |

Elevar la edad legal de jubilación en España de 65 a 67 años es una buena medida pero, según la OCDE, la reforma tiene que ir más lejos ante los retos del envejecimiento, en particular aumentando también el periodo de cotización más allá de los 35 años e indexarlo todo en el futuro a la esperanza de vida.

El sistema de pensiones en España «es demasiado generoso» ya que las pensiones representan en torno al 80 por ciento del salario, un porcentaje más elevado que en los países de su entorno, explicó ayer Andrés Fuentes, de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). «Parece necesario aumentar la edad legal de jubilación», señaló Fuentes en referencia al proyecto que plantea el Gobierno de subirla hasta los 67, e insistió en que entre 2030 y 2060 los gastos derivados del envejecimiento demográfico progresarán al doble que en la OCDE.

Por eso consideró que la reforma tiene que incorporar medidas de ahorro, como el fin de los incentivos para la prejubilación, pero sobre todo aumentar el periodo de cotización que da derecho a una pensión completa, que actualmente es de 35 años, para establecer una relación más directa entre las cotizaciones y los derechos que de ellas se derivan.

A largo plazo, el economista se pronunció por vincular los derechos a pensión a la evolución de la esperanza de vida, en la expectativa de que esta última va a seguir aumentando.

Empleo

Según el diagnóstico de Fuentes, el sistema de negociación colectiva «es muy antiguo» y «no se ha adaptado a la evolución de la economía», de forma que el hundimiento del empleo por la crisis hubiera podido evitarse en parte con una mayor reactividad de los salarios, que sólo se está constatando recientemente.

La OCDE estima que hay un cierto margen de maniobra con la fiscalidad, y en particular con la ampliación del tipo máximo del IVA a productos a los que ahora se les aplica uno reducido.

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