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El PP recurre ante el Constitucional la prohibición de los toros en Catalunya

El portavoz del PP en el Senado, Pío García-Escudero, y la senadora Rosa Vindel, registrando el recurso. | Juan M. Espinosa

| Madrid |

El PP registró ayer en el Tribunal Constitucional (TC) el recurso contra la ley catalana que prohíbe las corridas de toros en aquella comunidad por considerarla contraria a preceptos constitucionales como la libertad de manifestación y creación artística, de acceso de los españoles a las manifestaciones culturales y a la libertad de empresa, entre otros.

Además, el PP argumenta que la ley invade competencias estatales, que los decretos de traspaso de esta competencia del Estado a las comunidades autónomas dan capacidad a las regiones para regular, ordenar o promover las corridas de toros, pero «en ningún caso» se habla de prohibir la tauromaquia, que está protegida según los recurrentes por leyes nacionales y europeas, explicó el portavoz de los 'populares' en el Senado, Pío García-Escudero, a las puertas del TC tras registrar el recurso.

Precisamente, García-Escudero encabeza la lista de cincuenta senadores que han firmado este recurso de inconstitucionalidad, entre quienes se encuentran también los principales dirigentes del PP con escaño en la Cámara Alta, como María Dolores de Cospedal, Javier Arenas o Alicia Sánchez-Camacho.

También sufren

El portavoz en el Senado aprovechó para denunciar la «hipocresía» del Parlamento catalán por «blindar los correbous, los toros en la calle», inmediatamente después de haber prohibido las corridas en las plazas catalanas. «La materia prima es la misma, los toros, y el toro también sufre, que es a lo que se aferraban en el Parlamento catalán para prohibir las corridas», dijo.

En su recurso, el PP reconoce que los festejos taurinos son un fenómeno «complejo» como el teatro o la cinematografía, en el que se cruzan las competencias del Estado y de las comunidades. En esta norma, apunta el PP, se dice que «la fiesta de los toros se regirá por sus reglamentos específicos de ámbito nacional, sin perjuicio de las facultades de la Generalidad de Catalunya de acuerdo con el presente traspaso». Los recurrentes interpretan que el Estado se reserva la regulación en los aspectos «sustanciales» como «fenómeno de ámbito nacional» que es. La prohibición, por tanto, excede para el PP la capacidad legislativa catalana.

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