Después de conocerse ayer que el ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación, Miguel Àngel Moratinos, informó al Gobierno israelí de que el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero enmendará el principio de Justicia Universal para evitar que los tribunales españoles investiguen, entre otros, delitos de genocidio y terrorismo fuera de las fronteras españolas, la cadena SER reveló ayer cuál será el guión de esa reforma. Según la emisora, el Gobierno estaría estudiando limitar dicho principio para prohibir a la Audiencia Nacional juzgar asuntos que no tengan «nexo de conexión» con España.
Justicia tiene encima de la mesa un proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que recortaría las competencias de la Audiencia Nacional. Los cambios legislativos pasarían por una reforma legal que apuesta por frenar la deriva de la Audiencia Nacional a juzgar sin límites cualquier crimen tipificado como genocidio. No se trata de restringir el principio de 'jurisdicción universal' de la Audiencia Nacional sino de limitarlo a aquellos casos que tengan «nexo de conexión» con España.
Según la propuesta que estudia el Ministerio que dirige Mariano Fernández Bermejo, la Audiencia Nacional mantendría esa jurisdicción universal sólo en tres casos: que ciudadanos españoles fuesen los directamente perjudicados por los delitos sometidos a investigación o juicio; en caso de que los responsables de los crímenes que se investiguen se encuentren en España en el momento de su detención; y un tercer partado que abre un amplio capítulo de relaciones culturales o históricas que podrían también justificar la jurisdicción de los tribunales españoles.
De aplicarse esa reforma no seria posible un proceso como el que estos días se sigue en la Audiencia Nacional contra siete responsables militares del Gobierno de Israel por un bombardeo en la Franja de Gaza en 2002 que costó la vida a 14 militares.
Tampoco verían la luz otros procesos como los iniciados en el caso del Tíbet o el vinculado a la secta china Falun Gong. Sin embargo, de llevarse a cabo este cambio en la legislación, concretamente en el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicia, es más que previsible que no tenga carácter retroactivo y que los procesos ya iniciados no se vean afectados, sino que implicará a futuras investigaciones judiciales. De este modo, previsiblemnete se podría juzgar el caso del presunto genocidio de los israelíes.