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Garzón afirma que criminalizar a la izquierda abertzale contradice la Constitución

El juez de la Audiencia Nacional rechaza imputar a Otegi por sus declaraciones tras el atentado en la T4

Batasuna asegura que estará en las elecciones de este año.

| Madrid |

El juez Baltasar Garzón rechazó ayer citar a Arnaldo Otegi y a otros miembros de Batasuna como imputados por un delito de desobediencia al auto de suspensión de actividades de la formación, al estimar que sus intervenciones han sido en nombre de la izquierda abertzale y no está demostrado que este movimiento esté «en manos de ETA».

Así lo acuerda Garzón en un auto notificado poco después de que ayer el fiscal Carlos Bautista le pidiera rechazar las peticiones de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) y Dignidad y Justicia de citar como imputados a Otegi y a otros once dirigentes de Batasuna por sus intervenciones en ruedas de prensa y otros actos tras el atentado de ETA en el aeropuerto de Barajas, el pasado 30 de diciembre.

Para el juez de la Audiencia Nacional, «criminalizar las acciones de la izquierda abertzale por el solo hecho de afirmar que son Batasuna y ETA es una reducción simplista, no ajustada a la realidad y, en todo caso, sin justificación probatoria en esta causa, y, contradice abiertamente el artículo 24.2 de la Constitución», que recoge, entre otros, el derecho a la presunción de inocencia.

«No se puede presumir, como se está haciendo por la acusación popular, al pedir la imputación del señor Otegi, que la actividad de la izquierda abertzale es delictiva por el sólo hecho de afirmarlo, y que se halla integrada en la organización terrorista ETA, y que ésta, por el simple hecho de comprender en su órbita a Batasuna, también lo hace ahora con la izquierda abertzale», subraya.

El juez advierte que «sólo si se aportaran pruebas que evidenciaran la integración (de la izquierda abertzale) en la estructura terrorista, podría tomarse una decisión en sentido restrictivo, y siempre que la relación de causalidad quedara demostrada».

Además entiende que las personas procesadas en el sumario en el que investiga a Batasuna y en el que se decretó la suspensión de sus actividades públicas podrán participar en aquellos actos públicos que consideren oportunos, «con tal de que el acto no haya sido convocado directa o indirectamente» por la formación ilegalizada.

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