La Justicia español no seguirá investigando la muerte en Irak del cámara de Telecinco José Couso. La Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional decidió ayer archivar las diligencias previas abiertas en el Juzgado Central de Instrucción número 1. El motivo, que fue «un acto de guerra». El tribunal revocó además la orden de busca y captura que dictó su titular, el juez Santiago Pedraz, contra los tres militares que participaron en el disparo del tanque que acabó con la vida del cámara.
Según la resolución de la Sección Segunda de lo Penal, el disparo del proyectil de un tanque norteamericano que acabó con las vidas de Couso y del cámara ucraniano de Reuters Taras Protsyuk «no se trata de un acto intencional doloso de causar la muerte de dos personas civiles protegidas, sino de un acto de guerra realizado contra un enemigo aparente, erróneamente identificado».
El tribunal no ve intencionalidad dolosa o incluso la figura del asesinato, que es «el dolo directo de matar a personas civiles, que lo hace incompatible con la imprudencia». La sentencia recuerda que es público que había enfrentamientos violentos «por el control del estratégico puente Jamurohara» entre las tropas estadounidenses y la Guardia Republicana iraquí «para la culminación de la toma de Bagdad».
«En este contexto de guerra violenta y peligrosa, la intervención de las comunicaciones iraquíes ponen en alerta al Ejército americano que desde el Hotel Palestina existe una unidad iraquí desde la que se dirige el tiro de su artillería contra las unidades norteamericanas», añade la sentencia.
Según el relato realizado, tras su «aparente localización», se produce «un único y directo disparo contra lo que parece ser un puesto de observación y dirección de tiro, con tan mala fortuna que en el punto al que se dirigió el proyectil se encontraban los dos camarógrafos», uno de ellos el de Telecinco, José Couso, que murió horas después.