El presidente del Tribunal Supremo, Francisco José Hernando, se mostró ayer contrario a que el conocimiento del catalán sea un requisito para ejercer la carrera judicial en Catalunya y señaló que si trabajara allí lo aprendería «como un enriquecimiento personal, como cuando voy a Andalucía me gustaría bailar sevillanas». Hernando se pronunció así ayer en un desayuno informativo al ser preguntado sobre la constitucionalidad de que el proyecto de Estatuto de Catalunya impusiera a los jueces la obligación del conocimiento de la lengua propia.
El presidente del TS y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) indicó que el conocimiento de esa lengua está considerada como un mérito, y no como un requisito de capacidad y una condición para acceder a la provisión de destinos de jueces y magistrados.
Recordó que el CGPJ ha reconocido al 30 ó 40 por ciento de los jueces españoles que conocen o practican esta lengua propia, «pero de un reconocimiento a un requisito de capacidad para acceder a un puesto hay una diferencia», recalcó.
«Lo que no veo es que se le deba imponer a nadie el conocimiento de una lengua que luego no tiene una proyección positiva en otros aspectos de la vida», manifestó Hernando, quien agregó que además «los jueces son movibles, en el sentido de que hoy están en Catalunya, mañana están en Navarra, mañana están en Vascongadas....».
Por ello, manifestó: «si yo estuviera ejerciendo en Catalunya aprendería catalán pero como un enriquecimiento personal, como cuando voy a Andalucía me gustaría bailar sevillanas». Insistió en que se trata de un conocimiento que debe entenderse como un enriquecimiento personal, pero no como un requisito obligatorio.
Hernando rechazó la creación de los consejos autonómicos de Justicia que propone el Gobierno, porque «si el órgano de gobierno de los jueces lo es de un poder judicial único, no puede fraccionarse, porque sería tanto como fraccionar el poder judicial». Cree además que el hecho de que los parlamentos autonómicos participen en la elección de miembros de los consejos territoriales, abre la posibilidad de que «estén más próximos a los poderes públicos imperantes en la comunidad».