La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido absolver al diputado de Sozialista Abertzaleak Jon Salaberria del delito de enaltecimiento del terrorismo. Salaberria utilizó la tribuna del Parlamento vasco para defender la lucha armada de ETA y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco le condenó por ello. Pero el Supremo cree que las sanciones a Salaberria deben partir del propio Parlamento en la forma que se considere adecuada o por parte de los ciudadanos por medio de su voto.
Salaberria dijo en una sesión en el Parlamento vasco el 12 de abril de 2002 que el País Vasco es un territorio «militarizado» y aseguró que hay ciudadanos vascos detenidos y torturados en las comisarías. «Los Estados español y francés han hecho una apuesta de guerra», dijo entonces, y la única solución es el derecho de autodeterminación.
En una segunda intervención en aquel debate sobre la supresión del delito de insumisión, Salaberria acusó a los demás grupos de no querer hacer frente al problema de la militarización y aseguró que «la lucha armada de ETA no responde a la voluntad de imponer ideas», sino «a la defensa de derechos legítimos que tiene el pueblo vasco». Estas palabras le costaron una condena a un año de prisión y siete de inhabilitación por parte del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Pero el Supremo ha decidido revocar esta sentencia de septiembre del pasado año. En primer lugar, la sentencia, de la que ha sido ponente José Ramón Soriano, asegura que los diputados cuentan con inviolabilidad y que, una vez establecida, el problema que se plantea es el de delimitar «quién debe y puede corregir los excesos realizados en fraude de ley o fuera de la función que se protege». En este sentido, si se otorga a un órgano diferente del propio Parlamento la capacidad de controlar o valorar el fondo de las manifestaciones de un diputado, se estaría quebrando ese derecho.