Una sentencia ha declarado nulas la mayoría de las cláusulas de varios contratos bancarios de BBVA, SCH, Caja Madrid y Bankinter ya que entiende que son «abusivas y nulas». La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) había denunciado algunas condiciones impuestas para abrir cuentas corrientes y obtener tarjetas de créditos, préstamos personales y préstamos con garantía hipotecaria que consideraban perjudiciales para los clientes.
El Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid ha emitido una sentencia en la que declara la nulidad radical de 10 de las 17 cláusulas de contratos de entidades financieras denunciadas en enero por la OCU, que consideraba que éstas eran perjudiciales para el consumidor. La sentencia, que no es firme, ya que las entidades demandadas ya han anunciado su voluntad de recurrirla, supone para la organización «un hito que marcará un antes y un después en las relaciones entre las entidades financieras y sus clientes».
Las organizaciones de consumidores han denunciado en múltiples ocasiones que muchos de los contratos de las entidades financieras incluyen cláusulas desequilibradas que resultan perjudiciales para el consumidor. Una vez firmado el contrato, la única vía que existe para evitar la aplicación de esas cláusulas es acudir a juicio para obtener una sentencia que declare dicha cláusula nula, y con ello, el resarcimiento del perjuicio sufrido por su aplicación.