El Pleno del Congreso dio ayer luz verde al proyecto de Ley de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, que introduce medidas para incentivar que los propietarios de pisos vacíos los saquen al mercado de alquiler. Con la ratificación por la Cámara Baja de las enmiendas introducidas en el Senado, el texto del Ejecutivo pasa su último trámite parlamentario y entrará así en vigor un día después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Durante su tramitación parlamentaria se introdujeron en el proyecto de Ley de Venta de Bienes de Consumo diversas modificaciones, destacando la enmienda a propuesta de CiU por la que se modifica la Ley de Enjuiciamiento Civil para propiciar así el alquiler de inmuebles vacíos. De este modo, el texto del Ejecutivo pretende dar salida al mercado del alquiler a los cerca de tres millones de pisos desocupados que hay actualmente en España. Con ello se pretende «mejorar» la situación del propietario con la finalidad de fomentar la movilización a través del alquiler de este tipo de inmuebles, medida que, a su vez, puede contribuir a una «bajada de los precios de alquiler».
A tal fin, el texto del Ejecutivo introduce medidas que van dirigidas a agilizar los trámites para que se haga efectivo el desahucio en caso de impago y los trámites judiciales. De este modo, fija el plazo de enervación (parar) del desahucio mediante pago del inquilino requerido en el plazo de dos meses, frente a los cuatro meses previstos inicialmente. Además, fija en cinco días el período para dictar sentencia después del juicio oral, frente a los diez días previstos inicialmente y, en la misma línea, reduce de diez a cinco días el período de notificación de la sentencia.