El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Manuel Jiménez de Parga, abogó ayer por el fin de la clasificación entre Comunidades Autónomas o nacionalidades históricas y las que no lo son, ya que fue «algo que tuvo su interés político en 1977», pero no en la actualidad.
En un conferencia durante un desayuno informativo, el presidente del Constitucional señaló que «la organización de nacionalidades y regiones en el territorio de España, repleto de Historia, de norte a sur, de este a oeste (...), no se puede seriamente quedar reducido a segundones frente a tres Comunidades que dicen que son distintas» porque tuvieron en la República un Estatuto de Autonomía.
«No corte usted por ahí» -sostuvo en referencia a la República- «corte por el año 1000 cuando los andaluces teníamos, y Granada tenía, varias docenas de surtidores de agua de colores distintos y horarios diversos y cuando en algunas zonas de esas llamadas Comunidades históricas ni siquiera sabían lo que era asearse los fines de semana».
Señaló que el término de Comunidad histórica está recogido en un diccionario de 1993 del Ministerio de Administraciones Públicas, que lo aplica a Cataluña, País Vasco y Galicia, y que en otras Comunidades Autónomas «no se podía admitir esa gran falacia, o ¿es que la Historia no configura otras regiones, territorios o nacionalidades?», se preguntó. Manuel Jiménez de Parga agregó que después del año 1993, Asturias, Cantabria, La Rioja, Aragón e incluso Madrid han modificado sus Estatutos y han expresado que son regiones y nacionalidades históricas.
«Deberíamos todos esforzarnos en abandonar aquella clasificación que tuvo su interés político en 1977 pero que hoy no tiene ningún interés», indicó el presidente del TC.
Durante su conferencia, insistió en que en la Constitución hay un poder originario, que es el de la Nación española, y los poderes derivados que son los que se confieren mediante Estatutos a las Comunidades Autónomas lo que, dijo, «es esencial para replicar la pretensión de dar cabida en el texto constitucional a un Estado Federal».Jiménez de Parga señaló que aunque aumentasen «muchísimo más» las competencias de las Comunidades Autónomas nunca serían en virtud de un poder originario pues, mientras esté vigente la Constitución de 1978, «el federalismo no cabe en nuestro sistema de organización territorial» y descartó también el denominado «federalismo asimétrico».