La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado al alcalde de Marbella, Jesús Gil y Gil, a la pena de seis meses de arresto mayor e inhabilitación especial para el cargo de alcalde por un tiempo de 28 años y multa de un millón de pesetas por cuatro delitos de prevaricación y tráfico de influencias. Tanto el propio Gil como el PSOE recurrirán la sentencia al Tribunal Supremo aunque con fines bien distintos. Los socialistas consideran que el fallo se ha quedado corto.
A pesar de todo, el alcalde de Marbella ha visto rebajados sustancialmente los 29 años de prisión y 74 de inhabilitación por 17 presuntos delitos que pedía el fiscal anticorrupción, Carlos Castresana, por los contratos de publicidad entre el Ayuntamiento de Marbella y el Atlético de Madrid. Por este motivo, el PSOE recurrirá una sentencia «insatisfactoria» que, según la portavoz del PSOE en Marbella, Isabel García Marcos, «no tiene nada que ver con la petición de la Fiscalía» ni con la de su partido.
Castresana imputaba a Jesús Gil un total de 17 delitos, entre ellos tráfico de influencias, prevaricación, falsedad en documento público y malversación de caudales públicos. Asimismo, el fiscal solicitaba 74 años de inhabilitación y una indemnización de 1.700 millones de pesetas. La sentencia absuelve al alcalde de Marbella, a Pedro Román y a Modesto Perodia de los delitos de falsedad, malversación de caudales públicos y fraude.
Sin embargo, condena al ex primer teniente de alcalde de Marbella, Pedro Román, por un delito de prevaricación a la pena de 9 años de inhabilitación especial para cargo público y a Modesto Perodia, gerente de la empresa municipal, por un delito de prevaricación continuado, a una pena de 9 años de inhabilitación especial para el cargo de gerente de sociedad municipal. La Audiencia ha absuelto de todos los delitos a José Luis Sierra, Miguel Angel Gil Marín, Enrique Cerezo, Rafael González Carrasco, Luis Cuervas, José María del Nido, Julián Felipe Muñoz y José Ramón Guimaraens de los delitos de los que venían siendo acusados. Las acusaciones tienen cinco días para recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo.