En la sentencia del «caso Banesto», la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional decreta el decomiso de las fincas 'Can Poleta' en Mallorca, así como 'El cuarto del rincón' y 'Hacienda de los Melonares', ambas en Sevilla. 'Can Poleta', situada en Pollença, es la finca donde Mario Conde y su familia pasan largas temporadas todos los veranos desde hace bastantes años. 'Can Poleta' fue el lugar elegido por el ex banquero para pasar sus primeros días en libertad tras abandonar la prisión al serle concedido el tercer grado restringido por Instituciones Penitenciarias.
Asimismo, la Audiencia ha decidido descartar la responsabilidad civil subsidiaria de Inversiones Archanda en relación a este caso, pero decreta el decomiso de varias fincas situadas en Ibiza. De otra parte, la sentencia considera que el ex presidente de Banesto se apropió sin autorización de 300 millones de pesetas de la entidad, pero señala que no se le puede condenar por este motivo al haber prescrito el delito. Durante el juicio, Conde declaró haber entregado esta cantidad de dinero a través de otras personas al ex presidente del Gobierno Adolfo Suárez, en pago por los servicios que prestó a favor de Banesto ante el Banco de España en 1989.
Según Conde, Suárez "en aquel entonces presidente del CDS" mantuvo conversaciones con el gobernador del Banco de España, Mariano Rubio, para que ayudara a resolver los problemas que atravesaba la fusión entre Banesto y Banco Central y para que la autoridad monetaria aprobara las cuentas de 1988 de Banesto. El fallo considera probado que Conde cometió un delito de apropiación indebida, por el que el fiscal pedía 7 años de cárcel, pero reconoce que tal cantidad no pasó a formar parte de su «patrimonio» y dice que se desconoce su paradero y a quién se entregó. La sentencia matiza que por haber transcurrido cinco años desde la fecha de comisión del delito, abril de 1989, hasta que se interpuso la querella, noviembre de 1994, había transcurrido «el plazo de prescripción establecido en el antiguo Código Penal y que «por resultar favorable al reo» no se le aplica la legislación vigente.