El Tribunal de Defensa de la Competencia ha multado a Telefónica con 1.400 millones, la mayor multa impuesta en España a una empresa, por incurrir en una «conducta restrictiva de la competencia» con el lanzamiento de sus 'Planes Claros', cuyo fin principal era «obstaculizar el acceso al mercado de Retevisión, su primer competidor en telefonía básica». La resolución sanciona a Telefónica por incurrir en «conductas prohibidas». El dictamen sanciona a Telefónica por vulnerar la Ley de Defensa de la Competencia, coincidiendo con el informe elaborado por el Servicio de Defensa de la Competencia, que proponía sanciones para Telefónica por haber incurrido en «conductas prohibidas». Algunas como: obstaculizar la competencia, elaborando sus planes con el fin de «obstaculizar el asentamiento en el mercado del operador entrante» y de «reforzar su posición de dominio» y uso de datos de consumo de sus clientes para elaborar una estrategia anticompetitiva.
Además, considera que vulneró el artículo 7 de la citada ley por realizar una campaña de publicidad engañosa, dado que los planes aún no habían recibido la pertinente aprobación por parte del Gobierno, y desleal por su intención anticompetitiva.
Defensa de la Competencia considera probado que Telefónica elaboró su campaña publicitaria «de forma precipitada», ya que en menos de una semana las agencias de publicidad tuvieron que presentar sus propuestas para que en un sólo día Telefónica la adjudicara y se lanzase a los medios de comunicación.
Resalta la desproporción de los medios destinados a la campaña, ya que la operadora destinó 1.200 millones a publicitar un plan de descuentos que aún no estaba aprobado por el Gobierno, mientras que sólo destinaba 271 millones a los planes ya aprobados. El Tribunal considera que la conducta de Telefónica es una de las modalidades de infracción de la Ley de Defensa de la Competencia más perjudiciales, lo que justifica la «severidad» de la multa.