El juez Javier Gómez de Liaño interpuso ayer recurso de amparo ante el Constitucional contra la sentencia del Supremo que le ha condenado a 15 años de inhabilitación al considerarle autor de un delito continuado de prevaricación por su actuación en el «caso Sogecable». En el recurso se denuncia la violación del derecho a la presunción de inocencia de Gómez de Liaño, así como la falta de imparcialidad de los dos magistrados "Gregorio García Ancos y Enrique Bacigalupo" que apoyaron la condena, en quienes advierten «una actitud de interés en la persecución penal» del juez. El recurso recoge otras seis violaciones de preceptos constitucionales por los que se solicita que se estime el amparo.
Por otra parte, la defensa de Liaño solicita al Constitucional que se decrete «la suspensión provisional de la ejecución de la sentencia», de modo que su aplicación no convierta a Liaño en un «muerto civil», privado de su carrera judicial, su sueldo y el resto de ventajas sociales adquiridas.
Ambos magistrados, según el recurso, tomaron parte antes de la celebración de la vista oral del juicio, en varios autos, que condició su «actividad estructural e intelectual alineada en un determinado lado de la contienda», contraria a Liaño, por lo que «el Tribunal se vio metido en un túnel de prejuicios invalidantes que no le permitían seguir conociendo en las mejores condiciones de neutralidad» la causa que enjuiciaron. Liaño señala la relación personal entre Bacigalupo y uno de los letrados de la acusación particular, Antonio González de Cuéllar, quienes «mantenían una relación de amistad y afecto personal y recíproco». El recurso justifica su tardanza en la presentanción de la recusación debido a la confianza que tenían en la inhibición de este magistrado por «amistad íntima con una de las partes». Por otra parte, el texto del recurso presentado ante el TC señala la vulneración del principio de inocencia y la condena «sin pruebas de culpabilidad». El recurso mantiene la tesis de que no se ha probado ninguno de los hechos delictivos por los que se condenó a Liaño, y que todos los que figuran en la sentencia se basan en «presunciones, sin lógica ni razonabilidad suficiente» de los magistrados Bacigalupo y García Ancos.