La comisión disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) abrió ayer un expediente disciplinario por la presunta comisión de dos faltas muy graves a la juez decana de Marbella, Pilar Ramírez, mientras que ha avalado la actuación del juez Santiago Torres en el «caso Atlético».
Durante su reunión, que duró más de tres horas, la comisión disciplinaria acordó también iniciar el procedimiento de suspensión cautelar de funciones de la juez Ramírez, a quien se considera que pudo infringir las normas de incompatibilidades de los jueces y el deber de abstención en asuntos relacionados con sus familiares.
Asimismo, la comisión consideró que no es competente para pronunciarse sobre la propuesta de traslado forzoso de la juez de Marbella, como proponía la inspección del CGPJ, ya que entiende que esta medida no es por una cuestión disciplinaria y debe ser, por tanto, la comisión permanente la que lo decida.
La inspección del Poder Judicial había propuesto tanto la suspensión cautelar de Pilar Ramírez como su traslado forzoso, así como la apertura de cinco expedientes disciplinarios por faltas muy graves o graves, la reapertura de un sexto y la incoación de dos diligencias informativas por asuntos menores. Esta propuesta fue el resultado de la investigación que se llevó a cabo tras la denuncia que el fiscal jefe anticorrupción Carlos Jiménez Villarejo presentó sobre la supuesta relación de la familia de Pilar Ramírez con el alcalde de Marbella, Jesús Gil y la mafia.
El presidente de la comisión disciplinaria del CGPJ, Teófilo Ortega, explicó ayer en rueda de prensa que aunque la propuesta de la inspección era de la apertura de varios expedientes disciplinarios, finalmente se había decidido abrir uno sólo «con todo» al considerarlo «más operativo» y por la conexidad de los asuntos a los que se refiere.
Relató que una de las supuestas faltas muy graves cometida por la decana de Marbella es la contemplada en el artículo 417.7 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (COPJ), que considera como tal infracción «mantenerse en el desempeño del cargo» en los órganos judiciales «sin poner en conocimiento» del Poder Judicial las circunstancias que hacen necesario su traslado forzoso por situación de incompatibilidad. Esta falta se refiere a la omisión por parte de la decana de que Marbella tenía menos de cien mil habitantes, cuando, en este caso, no podía ejercer como juez ya que en esta población hay familiares suyos como accionistas o con cargos en la dirección de sociedades mercantiles relacionadas con el mercado inmobiliario.