El juzgado de Instrucción de Inca que investigaba a un constructor de la Isla por una posible estafa ha decidido archivar las actuaciones y exculpa al único imputado. El magistrado valora que no existen pruebas de que el investigado intentara de inicio engañar a su cliente, aunque sí admite la existencia de un incumplimiento del contrato. La querella se seguía por un único afectado, aunque una decena de personas afirman haber sufrido la misma mecánica por parte de la empresa Desing Modular Haus. Es la segunda investigación penal contra el mismo empresario que se archiva y, de nuevo, el juzgado también rechaza acumular a todos los afectados en un único procedimiento.
El auto tiene en cuenta que el contrato para construir una vivienda unifamiliar se produjo de forma regular y que se iniciaron los trabajos. Fue después cuando «a raíz de diversas discrepancias técnicas y económicas» se rompió la relación. Basa la conclusión en lo que declararon como testigos los dos arquitectos que intervinieron en la obra. Ambos coincidieron en que, inicialmente la relación entre el constructor y el promotor era «de confianza» y que se comenzó a quebrar tras discrepancias en la ejecución, en concreto con un replanteo de los cimientos. «Lo que ha quedado acreditado es la existencia de una relación jurídica de naturaleza civil que fracasó en su desarrollo, posiblemente con responsabilidad económica del constructor, pero sin que exista elementeo alguno que permita sostener que el querellado actuó desde el principio con el designio de engañar y de apropiarse de cantiades sin prestar contraprestación alguna», concluye.
El juez considera que «la insatisfacción con el resultado de la obra» no basta para mantener una investigación penal. También descarta sumar a otros afectados. «La existencia de múltiples incumplimientos contractuales no convierte en delictiva cada una de esas conductas si no se demuestra que en cada caso concurre el engaño», sostiene. Como en el que examina no aprecia indicios de delito, descarta que se puedan unir más asuntos. «El derecho penal no admite la culpabilidad por analogía, por acumulación o por generalización», zanja.
El constructor sí que ha sido condenado en varios procedimientos civiles por incumplimiento de contrato. Sin embargo, los afectados no han conseguido recuperar ninguna cantidad. Todos ellos relataban una dinámica común. Un empresario aparentemente solvente que ofrecía una fórmula de construcción basada en elementos modulares muy competitivos en plazos y precio. Sin embargo, al poco de comenzar la obra, el empresario comenzaba a poner pegas por distintos motivos y terminaba abandonando el trabajo. Denuncian que no todos los fondos abonados eran empleados en la construcción. Sin embargo, los jueces de instrucción que han examinado la actuación del empresario, uno en Palma y otro en Inca, han descartado un plan previo de engaño.
Con todo, los afectados pueden recurrir aún esta decisión ante la Audiencia Provincial, aunque el mismo órgano ya confirmó la decisión de archivo acordada por el juez de Palma en otro caso similiar. Si no se reabre el asunto solo podrán aspirar a recuperar fondos en la vía civil.