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TRIBUNALES

El juzgado declara prescrito el delito fiscal vinculado al ‘caso Scala’

Un auto absuelve a tres antiguos condenados en la causa de corrupción, acusados de defraudar 230.000 euros

Los tres acusados quedan absueltos por un asunto prescrito hace 11 años, según la juez. En la imagen, la primera sesión de la vista. | R.L.

| Palma |

La secuela del ‘caso Scala por un posible delito fiscal cometido mientras la trama saqueaba las arcas del Govern queda archivado por prescripción. La titular del juzgado de lo Penal 7 de Palma ha dado la razón a la tesis de las defensas y enterrado un asunto que llegaba ahora a juicio, 18 años después de que se hubieran cometido los supuestos hechos delictivos.

En el banquillo de los acusados se sentaban tres de los antiguos condenados en la macro trama de corrupción: la soprano Isabel Rosselló, pareja de la ‘arrepentida’ Antònia Ordinas; el exconcejal del PP en Lloseta y primo político de Jaume Matas, Felip Ferré y el empresario Joan Rosselló. Los tres asumieron condenas en 2013 por Scala, la más grave la de Ferré, que cumplió más de tres años de cárcel, que fue además uno de los principales colaboradores con la Fiscalía en la causa.

La Agencia Tributaria detectó que la empresa Estudio Joan Roselló, al tiempo que emitía facturas falsas y recibía contratos inflados de la administración autonómica, también pudo cometer un delito fiscal al haber defraudado 230.000 euros en impuesto de sociedades. El mecanismo era, de hecho, análogo a uno de los que se siguió en la causa de corrupción, el cruce de facturas por trabajos que no se habían realizado. Con esos documentos se justificaban trabajos que aminoraban los impuestos a pagar. Sin embargo, el delito fiscal no se llegó a denunciar hasta el año 2011. Entró en un juzgado de Palma que lo derivó a otro de Inca y allí lo primero que se hizo fue plantear una posible prescripción. El plazo era de cinco años y en ese momento no se había cumplido; dado que los hechos se habían cometido hasta el año 2007.

La jueza de lo Penal estima que esa resolución que se adoptó entonces no basta para interrumpir la prescripción del delito porque no abordaba una «efectiva actividad judicial» y que no fue hasta un año después, 2013, cuando el juzgado de Inca sí inició de forma efectiva la instrucción. De esta manera, se superaron los cinco años de plazo para poder perseguir el delito fiscal.

La consecuencia es la extinción de la responsabilidad penal de los tres acusados que quedaban en el juicio, después de que en la primera sesión se exculpara a otras tres personas y se les retirara la acusación.

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