Un juzgado de instrucción ha archivado la causa contra un vecino de Bunyola investigado por colgar una pancarta con el texto «J.Campos puta nazi». El letrero apareció en septiembre del año pasado antes de las fiestas y por su colocación fue imputado un concejal catalanista en la localidad, Joan Luna.
La decisión de archivo se produce después de que la Fiscalía informara a favor. La defensa del único imputado negaba que los hechos tuvieran encaje en cualquier delito de odio. Intentaba aplicar una doctrina consolidada que deja fuera del paraguas de este tipo de ilícitos a los partidos políticos. Distintas sentencias señalan que los delitos de odio están legislados para proteger a minorías y colectivos en una situación vulnerable y que, dentro de ellos no tienen encaje otras figuras. Pedía aplicar el mismo criterio que siguió el Supremo en el caso de la líder de Podemos, Ione Belarra que se refirió a Vox en el Congreso como «unos nazis, pero ya a cara descubierta». El Supremo descartó que fuera un delito de odio al no tratarse de un colectivo vulnerable.
La Fiscalía asume en un escrito en esta causa parte de esa doctrina. También señala que no tiene legitimidad para perseguir un delito contra Campos dado que, entiende que no se ha producido el insulto contra el diputado de Vox como funcionaro público. Por lo tanto, el criterio del Ministerio Público es que lo ocurrido en Bunyola sería un delito de injurias entre particulares y que queda fuera de su margen de actuación porque se trata de situaciones que solo pueden ser perseguidos penalmente por el ofendido y, Campos no se había personado en la causa.
De esta manera, ante la falta de acusaciones dispuestas a continuar el procedimiento penal contra Luna, el magistrado encargado del caso ha dictado un auto de sobreseimiento provisional