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El Supremo condena al Govern por mal inquilino

La Conselleria d'Educació alteró una serie de locales que fueron su sede durante dos décadas

La Consellería d'Educació ocupó estos locales como su sede durante cerca de dos décadas. | Ultima Hora

| Palma |

El Tribunal Supremo confirma las sentencias que castigan al Govern como mal inquilino por devolver en mal estado los locales en los que se ubicó la Conselleria d'Educació durante cerca de veinte años.

La Audiencia Provincial había condenado a la Administración a indemnizar con cerca de 180.000 euros a los propietarios de estos locales, situados en la calle Joaquín Tugores de Palma. Entendían aquellas sentencias que la Conselleria se había excedido en las reformas que llevó a cabo y que tenía que compensar por devolver unos locales, que no se correspondían con lo que se les había entregado.

Durante años, la Conselleria llevó a cabo una serie de obras en los inmuebles alquilados y había alterado tabiques y espacios a su conveniencia. Incluso uno de los propietarios se encontró con que uno de sus despachos se había unido a otra dependencia que pertenecía a otra persona. En la misma línea, también se habían alterado las instalaciones eléctricas. De esta forma, se condenaba al Govern a devolver los locales en su estado original. La Administración recurrió esas decisiones ante el Tribunal Supremo e insistía en que, en la práctica había llevado a cabo una serie de mejoras en los inmuebles. El recurso es directamente inadmitido por su «carencia manifiesta de fundamento». El auto del Supremo sostiene que lo que pretende la Conselleria es una interpretación distinta de la que ya hizo la Audiencia sin aportar ninguna infracción de las normas. Así, la administración tendrá que pagar las obras necesarias para individualizar las estancias de nuevo.

Además de la condena principal al pago de las obras de acondicionamiento de los locales, un juzgado de Primera Instancia ya condenó a la Administración autonómica a pagar algo más de 800 euros por tres cuotas de la comunidad de propietarios que habían quedado impagadas y que, según el contrato de arrendamiento, tenía que asumir. Los impagos se produjeron durante la devolución de los locales.

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