El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dos años de cárcel para un empresario mallorquín por apropiarse de una grúa de 90 toneladas. El acusado era el administrador de una empresa de maquinaria pesada. En el año 2007 firmó un contrato de leasing con una entidad bancaria para hacerse con la grúa en disputa, cuyo valor en ese momento era de unos 600.000 euros.
Cinco años después, la empresa se declaró en concurso de acreedores. El administrador concursal dejó la grúa en depósito al acusado a la vez que pactaba con el banco una especie de dación en pago: la entidad recuperaba el vehículo pesado a cambio de cancelar lo que quedaba pendiente del contrato de arrendamiento financiero, algo más de 300.000 euros.
Sin embargo, según declaró probado la Audiencia Provincial y ahora confirma el Supremo, el acusado nunca devolvió la grúa y se quedó con ella para su beneficio económico personal. Las sentencias reflejan que se desconoce qué pasó con ella, aunque algún testigo apuntó a que la tenía otra empresa del gremio.
En su recurso ante el Supremo, el empresario condenado intentaba justificar que se trataba de un mero incumplimiento de un contrato. Sin embargo, los magistrados aprecian un delito porque asumió el depósito de la grúa y, aunque sabía que tenía que entregarla, no lo hizo. Descarta que fuera la empresa la que se quedó con el vehículo pesado y las resoluciones insisten en que fue él quien se adueñó de este bien. El valor exacto de la indemnización que tiene que pagar aún está por cuantificar.