Una sentencia de la Audiencia Nacional obliga a una mallorquina a pagar una factura de más de 12.000 euros de teléfono acumulados en apenas cuatro meses con llamadas a número de tarificación especial. La clienta había intentado anular la factura a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones, que ya resolvió a favor de la operadora. La mujer argumentaba que ella no había realizado esos consumos con líneas 803 entre abril y agosto de 2017 y que, en ese momento, había sufrido el robo del teléfono móvil. También apuntaba a que la empresa no le había alertado de un uso anómalo de la línea ni había cortado esas llamadas.
El problema, según la sentencia de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, es que no hay pruebas de una actuación negligente de la operadora. La sentencia reprocha en primer lugar que la denuncia por el hurto del móvil no se produjo hasta casi un año después de estos consumos. Además, según la compañía telefónica, las llamadas se realizaron a través del teléfono fijo, no del móvil. Tampoco hay pruebas, según la sentencia, de que la madre de la clienta hubiera intentado dar de baja la línea cuando su hija estaba ingresada en un hospital como consecuencia de un accidente de tráfico. Ese ingreso tampoco implicaría ninguna diferencia en torno a la factura, porque, la Sala recuerda que el gasto se hizo.
Así, al rechazarse el recurso, los magistrados declaran que se trata de una deuda líquida y viva y que, por tanto, la compañía telefónica puede emplear las herramientas legales de las que dispone para su cobro. La mujer está inscrita ya en un fichero de morosos.